Capacitaciones a declarar en el Certificado de Trabajo del Art. 80

A diferencia de los sueldos y los aportes (que ARCA arrastra automáticamente de las declaraciones juradas históricas y el F.931), las capacitaciones no están precargadas en ninguna base de datos estatal. Esto obliga al empleador a realizar una carga manual e histórica en el sistema “Simplificación Registral” al momento de confeccionar el Certificado de Trabajo del Art. 80 – F.984 al momento de la baja.

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