Participan en la nueva audiencia los jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti.
Ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se realiza este jueves una audiencia pública informativa en la causa CSJ 1533/2017/RH1 «ESSO Petrolera Argentina S.R.L. c/ Municipalidad de Quilmes s/ acción contencioso administrativa».
Participan en la audiencia los jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti. El juez Carlos Rosenkrantz se ha excusado de intervenir en la causa.
Se trata de una acción iniciada por la empresa ESSO Petrolera Argentina S.R.L. contra la Municipalidad de Quilmes con el objeto de impugnar la determinación de oficio de la tasa municipal por inspección de seguridad e higiene, por períodos correspondientes a los años 1996 a 2002.
La tasa en cuestión se cuantificaba tomando como base los ingresos brutos provinciales del contribuyente.
La audiencia «informativa», con el máximo tribunal integrado por la vicepresidente Elena Highton, y los ministros Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, que comenzó a las 10 y duró tres horas, se realizó en el cuarto piso de Talcahuano 550 de esta capital.
El acto procesal correspondió a la demanda promovida en 2017 por Esso Petrolera Argentina S.R.L. contra la Municipalidad de Quilmes por el cobro de la tasa por «Seguridad e Higiene», que llegó a la Corte luego de ser desestimada por la máxima instancia de la justicia provincial.
Por la petrolera actuó la abogada María Inés Giménez y por la parte demanda lo hizo el intendente Martiniano Molina, con la colaboración de la subsecretaria de Coordinación Jurídica Silvina Lima.
Entre quienes no son «parte» actuante, hubo representantes de 40 municipios, la Unión Industrial Argentina (UIA) y su sección bonaerense, la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL) el ministerio de gobierno local y el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), entre otros, quienes tuvieron cinco minutos para hacer uso de la palabra.
La tasa tiene que ser un tributo «vinculado» al servicio, pero «no hay una estricta proporción», afirmó la letrada de Esso, aunque, ante preguntas del tribunal negó que fuera confiscatorio, pero remarcó que se trata de un problema «que debe ser resuelto en el Congreso» y «no vulnerando el principio de territorialidad».
La letrada recordó que la tasa se fija por la «capacidad contributiva» y que, en el caso de la que aplica la comuna, significa el 1 % sobre el total provincial, siendo 24 los municipios bonaerenses en los que la compañía tiene sedes que requieren del servicio de seguridad e higiene, por lo que «habría una extensión de la territorialidad» en el cobro.
Molina justificó la aplicación de la tasa por el «poder de policía» del municipio «que ampara el orden público y el bienestar del ciudadano» ya que «necesitamos personal para poder actuar», destacó.
También ante preguntas de los jueces de la Corte, el intendente quilmeño dijo que la presión tributaria en la Argentina «es altísima», pero negó la imposición de las mismas esté relacionada con cuestiones electorales.
Al exponer, el ministro de gobierno de la Provincia, Joaquín De la Torre, recalcó que la decisión que tome la Corte «tendrá un fuerte impacto» en las finanzas municipales y del estado bonaerense, y, teniendo en cuenta el nivel de pobreza de sus habitantes «sobre los que más necesitan».
De la Torre habló del concepto de «proximidad» y citó «dos hechos violentos de inseguridad», en los que «la población se dirige a las plazas y protesta frente a las municipalidades».
El intendente de Vicente López, Jorge Macri, expresó su apoyo al Municipio de Quilmes: «Estamos acá no en defensa de una tasa a nuestro modo de ver sino de la Constitución y de la autonomía municipal. Sobre todo de la reforma de la constitución del ’94 que deja en claro la existencia de los municipios como forma parte integral del Estado y le asigna la responsabilidad de gestionar y la autonomía financiera».
En tanto, el de Esteban Echeverría Fernando Gray, le pidió a la Corte que «haga justicia» y «se ponga del lado de los más pobres y humildes», para que «quien tiene que pagar que pague», remató.
En el mismo orden expuso el abogado cordobés Antonio María Hernández como «amicus curiae», quien dijo que «si la Corte hiciera lugar (a la demanda de Esso) sería gravísimo para las finanzas comunales», y estaría resolviendo en contra del artículo 123 de la Constitución Nacional, que garantiza la autonomía municipal, y del 75 sobre poder de policía local.
Estuvieron presentes también los intendentes Gustavo Posse (San Isidro), Julio Zamora (Tigre), Gabriel Katopodis (San Martín), Nicolás Ducoté (Pilar), Oscar Luciani (Luján), Néstor Grindetti (Lanús), Diego Valenzuela (Tres de Febrero), Alberto Descalzo (Ituzaingó), Gustavo Arrieta (Cañuelas) y Walter Festa (Moreno). También asistieron para apoyar la postura de los municipios un grupo de jefes comunales como Verónica Magario, de La Matanza, quien además es presidenta de la Federación Argentina de Municipalidades (FAM).
Del otro lado, la Unión Industrial Argentina (UIA) -expuso ante máximo tribunal como amicus curiae-, argumentó que en su accionar «el municipio procura gravar una actividad económica que excede su territorialidad, incluyendo ingresos ajenos a él, incurriendo así en un acto carente de legalidad y razonabilidad».
Para la UIA, el caso reviste importancia ya que, de sostenerse el fallo de la corte provincial -en favor del municipio-, se incrementará la carga tributaria del sector productivo en una coyuntura de fuerte caída de la actividad y un sistema tributario que desincentiva el agregado de valor.
«Lo que está en discusión entonces no es la autonomía municipal para determinar sus tributos, sino el límite de su potestad tributaria», se manifestó desde la entidad industrial.
Fuente: iprofesional