La AFIP aumenta las tasas de interés resarcitorio y punitorio a partir del 1 de julio como consecuencia de la aplicación de lo dispuesto por Hacienda.
En efecto, las tasas correspondientes al trimestre julio – septiembre vienen con un importante incremento del 1% promedio teniendo en cuenta que actualmente se ubican en el 3,76% para los resarcitorios y en el 4,61% para los punitorios.
Recordamos que la Resolución 50/2019 del Ministerio de Hacienda estableció que la tasa de interés resarcitorio mensual vigente en cada trimestre calendario, será la efectiva mensual equivalente a 1,2 veces la tasa nominal anual canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos a 180 días del Banco de la Nación Argentina vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio del referido trimestre, señalan desde el Blog del Contador.
En tanto la tasa de interés punitorio mensual será la efectiva mensual equivalente a uno 1,5 veces la tasa nominal anual canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos a 180 días del Banco de la Nación Argentina vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio del referido trimestre.
Asimismo, la mencionada resolución facultó a la AFIP a publicar las referidas tasas de interés al inicio de cada trimestre calendario en el sitio web del organismo.
Por lo tanto, las nuevas tasas de interés que cobrará la AFIP por pagar fuera de término los tributos a su cargo son los que se indican seguidamente:
Por último se debe tener en cuenta que para la cancelación de las obligaciones cuyo vencimiento hubiera operado antes de la entrada en vigencia de esta resolución (1 de marzo pasado), se deberán aplicar los regímenes vigentes durante cada uno de los períodos que éstos alcancen.
Fuente: iprofesional