La AFIP comenzó a notificar al domicilio fiscal electrónico de las empresas con cierre de ejercicio en los meses de diciembre, enero y febrero.
La AFIP comenzó a notificar al domicilio fiscal electrónico de las empresas con cierre de ejercicio en los meses de diciembre, enero y febrero, los datos del formulario 1272.
El beneficio está dirigido a aquellas MiPymes que cuenten con certificado vigente y no hayan presentando un nuevo formulario 1272 en la página de la AFIP.
Los datos informados son puestos a disposición para ser revisado y en caso de hallar inconsistencias verificar y rectificar la información con plazo hasta el próximo sábado 20 de junio.
En caso de detectar inconsistencias, la MiPyME deberá rectificar las declaraciones juradas presentadas ante la AFIP, que son las siguientes:
Ventas: el campo del formulario 1272 «Total de ventas anuales (incluido el
25% de las exportaciones y neto de impuestos internos e IVA)» es el que se utiliza para realizar la categorización, por lo que se recomienda verificar especialmente que este campo sea correcto.
Empleo: formulario 931 de los últimos 3 ejercicios fiscales cerrados
Activo: última declaración jurada de ganancias
Relaciones societarias y accionistas: último formulario 657 y última declaración jurada de ganancias
Datos de contacto: sistema registral
Actividades: sistema registral. La actividad principal debe ser aquella que represente el mayor ingreso de la empresa y no podrá haber estado dada de alta en ninguna de las actividades excluidas durante los últimos tres ejercicios fiscales cerrados.
El primer día hábil posterior al período de revisión la AFIP trasmitirá la información a la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y de los Emprendedores de las mipymes que tengan las declaraciones juradas mencionadas presentadas.
En el comunicado enviado por AFIP se informa que ya se encuentra a disposición la información actualizada del Formulario 1272 – ‘PYMES/Solicitud de categorización y/o beneficios’, para poder verificarla con plazo hasta el día 20 del corriente mes.
En caso de detectar inconsistencias, se podrán corregir presentando las declaraciones juradas rectificativas del impuesto al valor agregado y subsistemas de la seguridad social (F.931) que correspondan.
«Una vez finalizado el plazo mencionado, transmitiremos la información a la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa para su análisis, y realización del trámite de renovación automática del ‘Certificado MiPyME’», agrega el comunicado.
Asimismo, se advierte que con la presentación del Formulario se autoriza a la Secretaría mencionada a compartir la información del Registro de Empresas MiPyMES, bajo los términos establecidos en el artículo 13 de la Resolución SECPYME N° 220/19. En caso de optar por que la información no sea compartida, se deberá ingresar en el Formulario 1272 y manifestarlo de forma expresa.
Por último, en lo referido a la solicitud del beneficio de ingreso diferido del saldo resultante de la declaración jurada de IVA, se mantendrá la opción elegida en el Formulario vigente anterior. «Para modificar esta selección, deberás ingresar en el Formulario 1272 y tildar la opción deseada», finaliza el comunicado de la AFIP.
Fuente: iprofesional