Factura de crédito electrónica: cuáles son los cambios que impulsó el BCRA para simplificar la operación

Según anticiparon fuentes de la autoridad monetaria, las facturas electrónicas tendrán ahora las funcionalidades de los cheques electrónicos.


El Gobierno autorizó este jueves al Banco Central a implementar el Sistema de Circulación Abierta para Facturas de Crédito Electrónicas Mipymes como herramienta para la circulación extrabursátil, negociación, transmisión y cancelación de las mismas.


De esta forma, las MiPymes podrán operar las Facturas de Crédito directamente desde los portales y aplicaciones de las entidades financieras, en condiciones similares a la operación de los cheques electrónicos, según una disposición del Banco Central.


Desde el BCRA subrayaron que el objetivo es «impulsar su utilización como fuente genuina de financiamiento para las pequeñas y medianas empresas».


El proyecto fue diseñado por el BCRA y avalado por la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores a través de una Resolución 103/2020 del Ministerio de Desarrollo Productivo publicada en el Boletín Oficial.

El Banco Central impulsa la Factura de Crédito Electrónico como una vía de financiamiento para Pymes.
El Banco Central impulsa la Factura de Crédito Electrónico como una vía de financiamiento para Pymes.

Nueva opción de financiamiento

El nuevo esquema funcionará a través de las plataformas de las entidades financieras, que deberán adecuar a la brevedad sus sistemas para que las Facturas de Crédito Electrónicas MiPymes puedan ser gestionadas como los cheques electrónicos.


Inmediatamente después de su aceptación, cada factura aparecerá disponible en el home banking para que la empresa pueda descontarla en los bancos, compañías de seguro o fondos de inversión, enviarla para su negociación a los mercados regulados por la Comisión Nacional de Valores o presentarla al cobro a la fecha de vencimiento.


En la práctica, las Facturas de Crédito Electrónicas MiPymes tendrán las funcionalidades y el dinamismo de los cheques electrónicos, que ya representan aproximadamente el 30% del total de la operatoria de estos instrumentos de pago, «dotando a las MiPymes de un instrumento práctico y genuino de financiamiento que hoy no está disponible».


La experiencia de la plataforma de ECHEQ, que ya está madura luego de un proceso dedesarrollo de 18 meses, sirve como base para este nuevo sistema de circulación de las Facturas de Crédito Electrónicas, que hoy se negocian sólo en el 1% de los casos.


En la actualidad, unas 138.000 MiPymes emiten más de $200.000 millones en Facturas Electrónicas, con riesgo de pago de 1.500 grandes empresas.


«Esto representa un importante potencial activo financiero para ser gestionado por el mercado de capitales y por el mercado financiero, como ocurre en casi todos los países de la región y del mundo desarrollado», explicaron desde el Banco Central.

Bolsa
Las facturas de crédito se podrán negociar en mercados regulados por la Comisión Nacional de Valores.

Cómo funcionará el sistema

La resolución 103/2020 determinó que el Sistema de Circulación Abierta para Facturas de Crédito Electrónicas Mipymes deberá cumplir con las ciertas pautas mínimas.


Al respecto, indicó que deberá otorgarse al emisor de la Factura de Crédito Electrónica, la facultad de optar entre la transmisión de la misma a un agente de depósito colectivo para su negociación en los mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), o el envío al sistema que implemente el BCRA.


La expresión de la voluntad del vendedor o locador deberá ser registrada al momento de la emisión del comprobante digital, mediante las opciones a ser ofrecidas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en el Registro de Facturas de Crédito Electrónicas Mipymes.


El emisor de la Factura de Crédito podrá modificar su elección en cualquier momento hasta la aceptación de la misma.


Al momento de realizar la aceptación expresa de cada Factura de Crédito, el deudor deberá indicar como modalidad de pago, un banco pagador y su respectiva cuenta de origen, para que la cancelación se realice mediante compensación interbancaria al momento de la presentación al cobro del comprobante digital.


Si el deudor no hubiera optado expresamente por la modalidad de un banco pagador para la compensación interbancaria, las facturas de crédito electrónicas aceptadas y que no hayan sido acreditadas en un agente de depósito colectivo o similar, sólo podrán pagarse al vencimiento, mediante una solicitud de débito inmediato a través de la Sistema de Circulación Abierta.


Fuente: iProfesional