Los 10 principales derechos de las personas usuarias de servicios financieros

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) elaboró una serie de preguntas y respuestas con el objetivo de que las personas que utilizan los servicios financieros sepan cuáles son sus derechos.


1. ¿Cuáles son los principales derechos de las personas usuarias de servicios financieros?

Las personas usuarias de servicios financieros tienen derecho a recibir un trato equitativo y digno, a la protección de su seguridad e intereses económicos; a obtener información adecuada y veraz acerca de los términos y condiciones de los servicios que contraten, así como recibir copia de los instrumentos que suscriban y a la libertad de elección.


Las personas con movilidad reducida tienen derecho a la atención prioritaria y, de tener dificultades visuales, se le deben brindar los instrumentos adecuados para su acceso a los servicios financieros.


Para quienes hayan ejercido el derecho a que se reconozca su identidad, las entidades financieras están obligadas a rectificar la identidad y reimprimir todos los elementos indispensables como tarjeta de débito, tarjeta de crédito, resúmenes de cuenta y otros. Además, la entidad debe garantizar el trato digno sobre cuestiones de género, pudor e intimidad.


2. ¿Cómo recurrir a las personas responsables de atención al usuario de bancos?

Todos los bancos tienen la obligación de informar al menos una persona responsable de atención al cliente como titular y una como suplente, con un número de teléfono de contacto y el correo electrónico. El Banco Central publica esa información en su página web. Para saber quiénes son las personas responsables de cada Sujeto Obligado: http://www.bcra.gob.ar/BCRAyVos/Responsables-Atencion-cliente-Bancos-companias-financieras.asp


Las compañías financieras, las emisoras de tarjetas y otras entidades alcanzadas por la normativa sobre Protección a los Usuarios de Servicios Financieros también tienen la obligación de informar sus responsables de atención al usuario.


3. ¿Cómo se puede dar de baja algún producto?

Los bancos deben permitir el cierre de cuentas en cualquier sucursal –no necesariamente en la de radicación de la cuenta– como también a través de medios electrónicos (mail, teléfono, homebanking, cajero automático).


Aún con deudas pendientes, se puede dar de baja una tarjeta de crédito. Sólo en ese caso pueden requerir que se realice el trámite en forma presencial, en cualquier sucursal.


Al solicitar la baja, las entidades no pueden cobrar ningún cargo o comisión, salvo por el envío del resumen físico y el eventual recupero de una deuda no cancelada.


Es importante pedir siempre constancia por el trámite realizado o el número de gestión. Si se registran deudas, no podrán exigir su cancelación como condición para revocar o rescindir el servicio.


Se puede revocar la aceptación de un producto o servicio dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibido el contrato o de la disponibilidad efectiva del producto o servicio, lo que suceda último, notificando de manera fehaciente o por el mismo medio en que el servicio o producto fue contratado.


4. ¿Cómo presentar un reclamo no resuelto, ante el Banco Central?

Siempre se tiene que hacer primero el reclamo en el banco y éste debe informar el número de trámite asignado en un plazo máximo de 3 días hábiles.


Si transcurrieron10 días hábiles desde el reclamo y no se obtuvo respuesta o no fue satisfactoria, se puede formalizar el reclamo ante el Banco Central en este enlace: https://www.bcra.gob.ar/BCRAyVos/Reclamos-no-resueltos.asp


5. ¿Cómo saber si se tiene deuda con algún banco?

El Banco Central de la República Argentina posee la Central de Deudores, que es un registro en el que se muestran deudas o montos con las entidades financieras por impago de préstamos o tarjetas de crédito por los últimos 24 meses. También muestra si existen cheques rechazados, otros créditos o deudas por impuestos provinciales. Para consultar la información, se debe ingresar con el CUIT a http://www.bcra.gob.ar/BCRAyVos/Situacion_Crediticia.asp


La información publicada en la Central de deudores es provista por los bancos y otras entidades, por ello, si se quiere realizar un pedido de rectificación, actualización, supresión y confidencialidad en el registro en la Central de Deudores se deberá dirigir a la entidad que informó esos datos al Banco Central y, si procediera el reclamo, corresponde que la entidad solicite al BCRA dentro de los 10 días corridos del pedido, que sean practicadas las modificaciones en sus bases de datos.


6. ¿Cómo se puede acceder a una cuenta bancaria gratuita?

Existe la Cuenta Gratuita Universal (CGU), que es una caja de ahorro en pesos, con apertura, mantenimiento, movimientos de fondos y consultas de saldo gratuito. Se necesita contar con DNI y no tener otra cuenta bancaria. Incluye una tarjeta de débito para hacer compras en comercios y acceder al cajero automático.


No tiene costos de apertura ni mantenimiento. Se puede realizar consultas de saldo en cajeros automáticos de distintos bancos y redes del país. Para conocer más: http://bcra.gob.ar/Noticias/Relanzamiento-Cuenta-Gratuita-Universal.asp


Todas las Cajas de Ahorro en pesos son gratuitas en su apertura, mantenimiento y provisión de tarjeta de débito.


7. ¿Qué operaciones se pueden hacer desde una caja de ahorros abierta para el pago de planes o programas de ayuda social?

Son cuentas que se abren a pedido de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) para las personas beneficiarias de alguna asignación como la AUH, planes y programas de ayuda social.


Están admitidas acreditaciones por todo concepto, pero existe un límite (establecido por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil).


Este tipo de cuentas permite movimientos sin cargo, tales como: apertura y mantenimiento de cuenta, extracciones en todos los cajeros automáticos del país sin límites de importe, extracciones de efectivo por ventanilla, así como compras y/o retiros de efectivo con la tarjeta de débito.


8. ¿Qué modalidad existe para constituir un plazo fijo?

Se pueden hacer plazos fijos a través de la página de internet o banca móvil de cualquier banco, el cual debitará los fondos de la cuenta en pesos de origen. Los bancos no pueden cobrar comisiones ni cargos por el uso de esta modalidad de plazos fijos, ni establecer topes de montos.


Hay distintas alternativas de inversiones a plazo fijo y el banco podrá ofrecerlas. Como los plazos fijos tradicionales, a un mínimo de 30 días, y los plazos fijos en UVA precancelables que tienen por objetivo brindar una alternativa atractiva de ahorro en moneda local, ajustable a la evolución de los precios a una tasa real positiva. Admiten la opción de cancelarlo a partir de los 30 días. Ofrecen una tasa de interés que no puede ser inferior a UVA + 1% nominal anual para quienes opten por el plazo de 90 días.


Se pueden consultar las tasas que ofrecen las entidades para plazos fijos online y elegir la alternativa más conveniente: https://www.bcra.gob.ar/BCRAyVos/Plazos_fijos_online.asp


9. ¿Cuándo son inmediatas las transferencias?

La inmediatez de las transferencias rige para personas físicas o jurídicas titulares de caja de ahorros, cuenta sueldo o cuenta corriente. Los importes de las transferencias inmediatas en pesos, por día y por cuenta son:


*Hasta $125.000 por cajeros automáticos.


*Hasta $250.000 por homebanking.


En ocasiones puntuales, y obedeciendo a cuestiones de seguridad y controles preventivos que aplican las entidades, podría darse alguna demora en la acreditación.


10. ¿Cuánto cobran por retirar efectivo desde un cajero?

No tiene costo alguno para las personas titulares de tarjetas de débito asociadas a cuentas sueldo, pago de jubilaciones o planes sociales. Tienen el beneficio de retirar efectivo desde cualquier cajero automático, independientemente de a qué banco o red pertenecen.


Fuente: Blog del Contador