Prorrogan la suspensión de embargos y el inicio de ejecuciones fiscales para pequeñas empresas y actividades críticas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspende hasta el 30 de noviembre, inclusive, el inicio de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares.


Los beneficios alcanzan exclusivamente a las micro y pequeñas empresas, así como a aquellos contribuyentes que desarrollan actividades afectadas en forma crítica (el listado de sectores puede consultarse en Medidas de Alivio), informó la AFIP a través de un comunicado de prensa.


La Resolución General N°5052 del organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont mantiene habilitada la posibilidad de realizar ejecuciones fiscales y solicitar medidas cautelares sobre las personas alcanzadas por el Aporte solidario y extraordinario que no cumplieron con sus obligaciones. La normativa también contempla la posibilidad de avanzar con reclamos referidos al Impuesto sobre los Bienes Personales.


La medida de la AFIP ofrece un instrumento adicional para que las micro y pequeñas empresas así como las firmas que desarrollan actividades críticas puedan amortiguar los efectos económicos de la pandemia sobre los contribuyentes.


La resolución de la AFIP, publicada hoy en el Boletín Oficial, suspende para el universo de empresas beneficiadas la traba de embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar. Los beneficios estarán vigentes hasta fines de noviembre.

Resolucion-General-AFIP-5052


Fuente: Blog del Contador