Quienes durante 2021 hayan abonado a tiempo nueve meses las obligaciones mensuales, accederán al reintegro de un mes del componente impositivo pagado a lo largo de este año.
Los monotributistas que durante 2021 hayan abonado en tiempo y forma nueve meses las obligaciones mensuales, accederán al reintegro de un mes del componente impositivo pagado a lo largo de este año.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), oficializó la medida a través de la Resolución General 5100 publicada en el Boletín Oficial.
La resolución precisa las condiciones para acceder al beneficio previsto para las y los pequeños contribuyentes, que cancelan el monotributo a través de débito directo de cuenta bancaria o tarjeta de crédito.
Beneficio para 2021
De esta manera, la medida reduce, de manera excepcional, de 12 a nueve meses del año la condición para percibir el reintegro.
Además, garantiza que las y los monotributistas puedan gozar del beneficio del reintegro que se efectivizará el próximo año.
El reintegro para quienes hayan abonado en tiempo y forma al menos nueve meses será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago, por cada uno de las y los contribuyentes cumplidores.
Por otra parte, continúa abierta la posibilidad para que las y los monotributistas accedan a los beneficios implementados por la Ley de Alivio Fiscal y la Ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal.
Pasos para obtener el beneficio
Excepcionalmente para el período 2021, se podrá acceder al beneficio de reintegro cuando se hubieran pagado en tiempo y formal, al menos 9 meses por débito directo en cuenta bancaria o débito automático con tarjeta de crédito y el resto por reimputación de saldos a favor o por cualquiera de los mecanismos electrónicos aceptados.
1- Los monotributistas que durante 2021 hayan abonado en tiempo y forma 9 meses las obligaciones mensuales accederán al reintegro de un mes del componente impositivo pagado a lo largo de este año.
Para acceder al beneficio, tenés que haber efectuado todos tus pagos mediante las siguientes modalidades:
- Débito directo en cuenta bancaria.
- Débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito.
2- Para adherirte al débito, tenés que comunicarte con la entidad administradora.
Débito Automático en Tarjetas de Crédito
- Mastercard
- Cabal
- Visa
Débito Automático en Cuenta (CBU)
Para solicitar la adhesión del débito automático en tu cuenta bancaria en pesos, tenés tres altenativas:
• Dirigirte al banco y solicitar allí la adhesión al servicio.
• Realizar la adhesión al débito automático por teléfono.
• Hacerlo directamente desde el Portal de Monotributo, ingresando con clave fiscal, en la solapa “Pagos”.
Recordá tener a mano tu número de CUIT y de CBU (Clave Bancaria Uniforme).
3- Una vez que hayas realizado la adhesión al débito y abonado a través de esta opción los 9 períodos fiscales mensuales, el reintegro se efectuará el año calendario siguiente.
El respectivo importe será acreditado automáticamente en la cuenta adherida al servicio o en la tarjeta de crédito respectiva.
Fuente: Ignacio Online