El CPCECABA solicitó a la Subdirectora General de Servicios al Contribuyente, Patricia Vaca Narvaja, que considere como presentadas en término a las Declaraciones Juradas (DDJJ) con vencimiento durante enero y que se otorgue un plazo especial para el pago de dichas obligaciones.
En una nota firmada por los Dres. Gabriela Russo y Julio Rotman, presidenta y secretario del Consejo, pedimos que dichas DDJJ se cumplimenten hasta el 28 de enero y que el pago se extienda hasta el 31 del mismo mes.
El presente requerimiento se realizó teniendo en cuenta una serie de acontecimientos extraordinarios relacionados con el aumento exponencial de casos por COVID-19 y los cortes de energía eléctrica, producidos por la ola de calor que estamos atravesando, lo que acarrea una imposibilidad a la hora de desarrollar normalmente nuestra labor profesional.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de enero de 2022.
NOTA N.º S22000043.
Señora Subdirectora General
de la Subdirección General de Servicios al Contribuyente
Administración Federal de Ingresos Públicos Patricia Vaca Narvaja
Nos dirigimos a Ud. a fin de hacerle llegar nuestra inquietud a raíz de los acontecimientos que están afectando el normal funcionamiento de la actividad profesional.
En primer lugar quisiéramos destacar la gran cantidad de casos de Covid-19, hecho que ha impactado notoriamente en el incremento del ausentismo laboral en todos los ámbitos, entre los que lógicamente, no escapa el de nuestra profesión, y ocasionando un retraso significativo en la entrega de documentación e información por parte de los contribuyentes.
En segundo lugar, y aunado a la falta del recurso humano, nos encontramos que acompañando a la ola de calor histórica que vive nuestro país en este mes de enero, se vienen produciendo una gran cantidad de cortes de energía eléctrica, los que incluso afectan a los servidores de internet.
Quisiéramos enfatizar en este último punto, ya que el acceso a la página web del organismo, seguramente también se encuentra afectado, ya que hace varios días que tiene cortes y caídas, imposibilitando desde el ingreso a aplicaciones particulares como el general que impide al contribuyente el acceso con su clave fiscal.
Es por todo lo expuesto, que solicitamos evaluar los problemas señalados que consideramos tienen carácter de extraordinarios, y establecer la posibilidad de que sean consideradas como presentadas en término las Declaraciones Juradas con vencimiento durante el mes de enero, que se cumplimenten hasta el día 28 de enero.
En el mismo sentido, y acompañando dicho vencimiento especial, sería importante que se otorgue un plazo especial para el pago de las mencionadas obligaciones hasta el día 31 de enero.
Sin otro particular, saludamos a Ud. con atenta consideración.
Fuente: Contadores en Red