Castagneto informó que la AFIP emitirá la semana próxima la reglamentación para poner en marcha el blanqueo para la construcción.
El titular de la AFIP, Carlos Castagneto, reveló que la próxima semana se publicará la reglamentación del blanqueo para la construcción, que podrá ser utilizado por personas individuales o empresas podrá aplicar dólares no declarados a una construcción propia o proyectos de desarrolladores.
El Congreso convirtió en ley la semana pasada el régimen de «Incentivo a la inversión, construcción y producción argentina» de la tenencia en moneda nacional y extranjera en el país o en el exterior, no declarada anteriormente.
Sin embargo, para que este blanqueo para incentivar la construcción se pueda realizar, debe ser reglamentado por AFIP y el Banco Central.
Al respecto, Castagneto afirmó en diálogo con iProfesional que, durante su gestión, «se priorizará la reglamentación urgente de las leyes del Congreso en materia de impuestos, aunque los aplicativos tengan que esperar una semana más».
Cómo trabaja la AFIP para el blanqueo de la construcción
«Las distintas áreas de la AFIP involucradas están trabajando para que el reglamento del blanqueo para la construcción salga la semana próxima y el sector de sistemas ya están armando los aplicativos para que estén listos en forma simultánea o a lo sumo la semana siguiente», comentó.
«El primer objetivo de esta gestión será que el hecho de contar con una AFIP más amigable signifique contar con sistema aplicativos más sencillos y accesible«, sostuvo.
Con esta meta, Castagneto está realizando cambios en el área de sistemas de la AFIP. Por un lado, nombró a Fabián Otero como nuevo subdirector general de Sistemas, y por otro, habrá modificaciones de la estructura, para que cada subdirección general –DGI, Seguridad Social y Aduana- tenga su propia área de sistemas ad hoc, según informó.
Cuáles son las ventajas del blanqueo para la construcción
Los expertos explican que el nuevo blanqueo para la construcción es una buena oportunidad para los contribuyentes que necesiten blanquear fondos, ya que el impuesto especial es bajo y se podrá aprovechar la brecha cambiaria a favor de quien ingresa al régimen.
Una gran ventaja de este proyecto, sobre el que fracasó el año pasado, es que los contribuyentes podrán ingresar los dólares para la inversión al valor MEP o contado con liquidación, pero pagar el impuesto al tipo de cambio oficial del día que exterioriza los dólares, indicó Guillermo Pérez, CEO del Grupo GNP.
De este modo, quien ingresa, gana a raíz de la brecha cambiaria de más de 100% existente en la actualidad, y la tasa efectiva mínima disminuye del 5% legal a 2,5%, precisó.
Por otra parte, el blanqueo para la construcción tiene plazos más largos desde su vigencia para ingresar el impuesto especial y la AFIP y el BCRA cuentan sólo con un plazo perentorio de 15 días para la reglamentación. Esos plazos son los siguientes:
- 90 días para pagar el impuesto especial de 5%
- 180 días para pagar 10% por el impuesto especial
- 360 días, pagando 20% por la penalidad del blanqueo
Las claves del nuevo blanqueo para la construcción
Horacio Scalzotto, de PwC Argentina, enumeró las siguientes claves del nuevo blanqueo para la construcción:
- El destino del blanqueo es para la realización de inversiones en construcción, para personas humanas y empresas.
- El plazo para la construcción es que estén 50% realizadas a la vigencia de la ley o se construyan en un plazo de 360 días contados ese momento.
- Los sujetos que se acojan a este régimen quedan liberados de declarar ante la AFIP la fecha de compra de las tenencias ni el origen de los fondos con las que fueran adquiridas.
- Quedarán liberados de toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiaria, penal aduanera e infracciones administrativas.
- Estarán eximidos del pago de los siguientes impuestos por el monto blanqueado:
- Impuesto a las ganancias
- A las salidas no documentadas
- A la transferencia de inmuebles
- ITI para personas humanas
- Impuesto al cheque
- IVA
- Impuesto sobre los Bienes Personales
- Contribución Especial sobre Capital de Cooperativas.
¿Pagarán el Impuesto sobre los Bienes Personales los inmuebles?
La Cámara de Diputados agregó una cláusula por la que continuará vigente la eximición del Impuesto a los Bienes Personales ya establecida por el blanqueo del año pasado para los inmuebles construídos con dólares blanqueados.
Esa exención de Bienes Personales rige sobre «el valor de las inversiones en proyectos de inversión realizadas, desarrolladas directamente o a través de terceros».
El beneficio abarca «desde el período fiscal en que se efectivice la inversión y hasta aquel en que se produzca la finalización del proyecto inmobiliario, su adjudicación o la enajenación del derecho y/o la participación originados con motivo de aquella, lo que ocurra en primer lugar, hasta un plazo máximo de dos períodos fiscales».
Un blanqueo también para los planes sociales
En el artículo 2° del proyecto, se incorporó con el título «Puente al Empleo» la «transformación de planes, programas sociales y prestaciones de seguridad social en trabajo formal de calidad», señaló Scalzotto.
El proyecto establece que los titulares de programas sociales y de empleo nacionales vigentes o que se instituyan en el futuro que sean contratados en el marco del blanqueo podrán seguir cobrando los planes.
Para ello, los trabajadores deberán cumplir con la capacitación y los cursos de formación que se establezcan.
Los beneficiarios podrán seguir cobrando los planes sociales por el mismo plazo previsto para la extensión del plan de regularización, o sea, 360 días corridos desde la fecha de vigencia de la ley.
Pérez concluyó que el nuevo blanqueo es muy barato, es interesante y sirve para la propia casa o invirtiendo en desarrolladores.
Fuente: Iprofesional.