Los contribuyentes que ingresaron a la moratoria impositiva establecida por la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva comenzarán desde este mes a actualizar sus cuotas mediante la tasa Badlar.
Los contribuyentes que tengan vigentes planes de pago de la moratoria impositiva aprobada por la ley 27653 y reglamentada por la RG 5101 de AFIP, se encontrarán con la no grata sorpresa de un fuerte aumento a partir de las cuotas con vencimiento en abril.
Al respecto, el contador Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, advirtió que estos planes de facilidades de pago se establecieron con una tasa de financiación del 1,5% mensual durante los 12 primeros meses (abril 2022 a marzo 2023), para:
– Micro y pequeñas empresas con certificado MiPyME
– Entidades sin fines de lucro y otras similares
– Personas humanas y sucesiones indivisas pequeños contribuyentes
En abril 2023, mes 13, pasa a aplicarse la tasa BADLAR para bancos privados que está en el orden del 72% anual, indicó Domínguez. Esto implica que se pasa de una tasa de financiación del 18% anual a una de aproximadamente el 72% anual.
Si bien la tasa BADLAR para bancos privados del 72% es menor a la inflación anual actual, el problema es que las cuotas de los planes de pago se están prácticamente triplicando en sus valores y las empresas en esta situación de crisis tendrán problemas para poder cancelarlas.
Las cuotas de los planes de 120 cuotas aumentan un 285% aproximadamente y las de menor cantidad de cuotas también sufrirán aumentos importantes.
Un plan de 120 cuotas por el que se pago $ 25.000 en marzo 2023 pasará a $ 71.500 en abril 2023.
En el actual contexto de crisis económica, muchas pequeñas y medianas empresas, asociaciones y pequeños contribuyentes podrán tener dificultades para cumplir con las cuotas de sus planes de pago.
Resultaría necesario que se modifique la Ley 27.653 para establecer una reducción de la tasa de financiación y permitir que estos pequeños contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones y evitar la caducidad de los planes de pago.
Ante esta situación, resultaría necesario que se modifique la Ley 27.653 para establecer una reducción de la tasa de financiación y permitir que estos pequeños contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones y evitar la caducidad de los planes de pago.
Es importante tener en cuenta que la caducidad de los planes de pago puede acarrear graves consecuencias, como el surgimiento de intereses y sanciones condonadas, así como acciones penales tributarias y aduaneras, entre otras.
La próxima cuota de estos planes de pago vence el lunes 17 de abril, motivo por el cual sería necesario tomar medidas urgentes para apoyar a las pymes y pequeños contribuyentes.
Dado que la modificación debe realizarse por Ley del Congreso Nacional, es fundamental que el oficialismo y la oposición trabajen juntos y lleguen a acuerdos para su instrumentación si es que están de acuerdo con esta medida.
Se ha indicado la idea de poner una tasa de mercado como mecanismo de ajuste de las cuotas trata de evitar que los contribuyentes se financien con la AFIP. El tema es que estas deuda no es nueva financiación, es financiación de deudas de la pandemia.
Fuente:blogdelcontador