Mediante la Resolución General 5499/2024, la AFIP mantiene los vencimientos originales correspondientes al mes de marzo de 2024 de ciertas obligaciones impositivas cuyos plazos fueron adelantados.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha dispuesto una medida excepcional adecuando los vencimientos correspondientes al mes de marzo de 2024 de ciertas obligaciones impositivas.
De acuerdo a la Resolución General 5499/2024 publicada este viernes en el Boletín Oficial, se prorroga el vencimiento para la determinación y/o el ingreso de ciertas obligaciones tributarias. Específicamente, se extiende el plazo para el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), el impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, así como el impuesto a las entradas de espectáculos cinematográficos.
Esta prórroga responde a la imposibilidad operativa manifestada por entidades financieras para cumplir con el nuevo plazo establecido por la Resolución General 5492/2024 que estableció con carácter de excepción, el día 25 de marzo de 2024 como fecha de vencimiento para la determinación y/o el ingreso de dichas obligaciones tributarias con vencimiento fijado originalmente para el día 27 de marzo.
Por lo tanto, se considerará cumplida en término la obligación siempre que se haya efectuado hasta el 27 de marzo de 2024, inclusive, fecha original de vencimiento.
La presente resolución general entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Resolucion-General-AFIP-5499_2024Fuente: blogdelcontador