Desde el 25 de abril de 2024 las personas humanas, las sucesiones indivisas y demás sujetos ya no se encuentran obligados a cumplir con el CETA, así lo establece la RG 5505/202.
Este régimen de información debía presentarse al momento de realizar la transferencia de automotores usados radicados en el país, los titulares de dominio.
Pero ¿Qué pasa si necesito información sobre un Certificado de Transferencia de Automotores emitido durante la vigencia de de este régimen de información? Con el CETA ¿Se pueden descargar los Certificados emitidos?
La respuesta es Sí. A través del servicio de AFIP “Transferencia de Bienes Muebles Registrables” y allí en la opción “Certif. de Transferencia Automotor (CETA)” para finalmente seleccionar la opción “Consulta de Certificado”.
Fuente: contadoresenred