La prórroga es para aquellos sujetos que depositaron los fondos regularizados en cuentas especiales CERA y no completaron la manifestación de adhesión al régimen en los plazos originales.

La prórroga es para aquellos sujetos que depositaron los fondos regularizados en cuentas especiales CERA y no completaron la manifestación de adhesión al régimen en los plazos originales.