Monotributo Unificado San Juan Tabla a partir de Febrero 2025

Monotributo Unificado. Se aprueban los montos del impuesto fijo mensual a tributar por los contribuyentes incluidos en el Régimen Simplificado Provincial del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a partir del 01 de Febrero del año 2025.

Monotributo Unificado San Juan Tabla a partir de Febrero 2025 – RESOLUCION 104-DGR-2025.-

SAN JUAN, 22 DE ENERO DE 2025.

VISTO:

El Expediente N° 702-000056-2025, registro de la Dirección General de Rentas; y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 151-1 (Código Tributario) y su modificatoria Ley N° 2731-I, faculta al Director General de Rentas para dictar las normas necesarias para el cumplimiento de los deberes y atribuciones específicas de la Dirección General de Rentas

Que la Ley N° 151-I en su nuevo ordenamiento, Libro II, Título I, Capítulo VIII, Artículos 132 al 140, establece un Régimen Simplificado Provincial para los pequeños contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos dirigido exclusivamente a los que adhieran al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) (ex AFIP), establecido por la Ley Nacional N° 24.977 y sus modificatorias.

Que la Ley Nº 151-1 y su modificatoria Ley N° 2731-I, Artículo 135, establece que, el Régimen Simplificado Provincial estará compuesto por las mismas categorías establecidas en el “Monotributo”. A cada categoria le corresponderá un importe mensual determinado e incluirá la totalidad de las obligaciones correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, sin necesidad de liquidaciones adicionales.

Que la norma referida en el párrafo anterior Ley N° 151-1 y su modificatoria Ley N° 2731-1, en su Artículo 140, Items 1, faculta a la Dirección General de Rentas para establecer y actualizar los montos de impuesto fijo mensual citado precedentemente.

Que en mérito a lo expresado, teniendo en consideración la situación económica, financiera y tributaria de la Provincia, resulta necesario actualizar los montos de impuesto fijo mensual del Régimen Simplificado Provincial del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, los que se exponen en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.

Que Asesoría Letrada de la Dirección General de Rentas ha intervenido no efectuando objeción legal.

POR ELLO; EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS RESUELVE

ARTIOCULO 1º.- Apruébese el Anexo que forma parte integrante de la presente, con los montos del impuesto fijo mensual a tributar por los contribuyentes incluidos en el Régimen Simplificado Provincial del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de acuerdo con los Considerando de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º.- Establécese que la vigencia de la presente Resolución es partir del 01 de Febrero del año 2025.

ARTÍCULO 3º.- Deróguese toda disposición en contrario.

ARTÍCULO 4º.- Notifiquese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial, cúmplase y archívese.

A$ 10,000.00
B$ 19,000.00
C$ 28,000.00
D$ 40,000.00
E$ 49,000.00
F$ 58,000.00
G$ 73,000.00
H$ 87,000.00
I$ 133,000.00
J$ 149,000.00
K$ 170,000.00

Fuente: contadoresenred