La Resolución General 5642/2025 otorga beneficios fiscales a las localidades de Córdoba afectadas por incendios, en línea con la Ley N° 27.782 que declara la emergencia ambiental, económica y habitacional.
La Resolución General 5642/2025 otorga beneficios fiscales a las localidades de Córdoba afectadas por incendios, en línea con la Ley N° 27.782 que declara la emergencia ambiental, económica y habitacional. Se establecen plazos especiales para las obligaciones tributarias y se suspenden intimaciones y juicios fiscales hasta el 28 de febrero de 2025.
En respuesta a los recientes incendios en Córdoba, la Ley N° 27.782 ha declarado un estado de emergencia por 180 días, con el objetivo de apoyar a los emprendedores y trabajadores que enfrentan las repercusiones de esta crisis. Como parte de esta iniciativa, la Resolución General 5642/2025 implementa una serie de medidas fiscales.
Entre las principales disposiciones, se destaca un plazo especial para el cumplimiento de obligaciones fiscales, incluyendo ajustes en las fechas de vencimiento según el número de CUIT de cada contribuyente, aunque se excluyen las retenciones y percepciones. Además, para beneficiarse de esta normativa, los contribuyentes deberán adherirse a los beneficios, requisitos necesarios para acceder a planes de pago especiales.
La normativa también suspende las intimaciones y juicios fiscales hasta finales de febrero de 2025, protegiendo así el crédito fiscal de aquellos afectados por la emergencia. Los interesados en solicitar estos beneficios deben presentar su solicitud y la documentación correspondiente antes de la fecha límite mencionada, comprometiéndose a demostrar su situación de emergencia.
Esta resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, garantizando la implementación inmediata de estas medidas esenciales para la recuperación de las localidades impactadas.
Fuente: blogdelcontador