Régimen “IVA Simple” – Principales Puntos Informados


Reunión convocada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), con participación de representantes de los 24 CPCE del país para tratar el Régimen “IVA Simple”.

Aspectos Clave del Nuevo Régimen “IVA Simple”

  • Unificación de Declaraciones Juradas: Se implementaría una única declaración jurada (F. 2051) que reemplaza a los formularios F.731, F.810, F.2002 y F.2082.
  • Sistema Integrado compuesto por tres módulos: Registración, Determinación y Saldo a ingresar
  • En el módulo de registración de comprobantes:
    • Se visualizarán comprobantes de débito y crédito fiscal, pudiendo realizarse ajustes al débito fiscal y al crédito fiscal.
    • Permitirá realizar ajustes exclusivamente en el libro de IVA (no en la DJ que no es editable, salvo por ajustes al débito fiscal o al crédito fiscal).
    • Apertura por actividad: La registración deberá discriminarse por tipo de actividad.
    • Saldos a favor: Se obtienen del sistema de cuentas tributarias (técnicos y de libre disponibilidad).
    • Rectificativas: Continúa la necesidad de reingresar toda la información al realizar rectificativas.

Implementación del Régimen “IVA Simple”

  • 15 de mayo de 2025: ARCA pone el sistema a disposición de los CPCE para pruebas y sugerencias.
  • Desde mayo (con vencimiento en junio): Implementación optativa. Si se opta por el nuevo régimen, debe seguir presentándose: Libro IVA Digital y Formularios F.731, F.810 y F.2002 (excepto F.2082, que queda eliminado)
  • Desde noviembre de 2025: Aplicación obligatoria.
  • Solicitan prórroga: Los CPCE solicitaron que el uso optativo se prorrogue al mes de junio (con vencimiento en julio).

Observación importante

  • El módulo de registración será obligatorio desde mayo, independientemente de la opción de uso del nuevo F.2051.

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Fuente: contadoresenred