Monotributo Unificado Catamarca. Valores a partir de Agosto 2025

Monotributo Unificado Catamarca A partir del 1° de agosto de 2025, los importes fijos mensuales correspondientes al Régimen Simplificado Provincial del Impuesto sobre los Ingresos Brutos son los siguientes:

CategoríaImporte fijo mensual
A$ 14.442,39
B$ 21.360,54
C$ 28.581,84
D$ 42.872,74
E$ 56.759,57
F$ 71.703,00

Monotributo Unificado Catamarca. Valores a partir de Agosto 2025 – Disposición General DGR ARCAT 29-2025

San Fernando del Valle de Catamarca, 24 de julio del 2025

VISTO:

El artículo 18°, segundo párrafo, de la Ley N.° 5.899 -Ley Impositiva Provincial para el ejercicio fiscal 2025-, el artículo 166° quater de la Ley N.° 5.022 y sus modificatorias (Texto Ordenado por Decreto Ec. N.° 1.020/2024), el artículo 52° del Anexo de la Ley Nacional N.° 24.977, sustituido por Ley N.° 27.743, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC correspondiente al semestre enero-junio de 2025, y;

CONSIDERANDO:

Que conforme al artículo 18°, segundo párrafo, de la Ley N.° 5.899, corresponde a esta Dirección General de Rentas actualizar semestralmente los importes fijos mensuales del Régimen Simplificado Provincial cuando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (A.R.C.A.) publique los nuevos valores del impuesto integrado nacional.

Que el artículo 94° de la Ley Nacional N.° 27.743, que sustituye el artículo 52° del anexo de la Ley N.° 24.977, establece que a partir del año fiscal 2025 los importes del impuesto integrado y demás parámetros del Régimen Simplificado Nacional deberán actualizarse semestralmente —en los meses de enero y julio— conforme la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) suministrado por el INDEC, siendo la Administración Federal de Ingresos Públicos la encargada de su publicación.

Que, según el informe técnico de IPC correspondiente a junio de 2025, la variación acumulada entre enero y junio del año 2025 fue del 15,1% (nivel general, total nacional), debidamente difundida por el INDEC.

Que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (A.R.C.A.) ha publicado en su portal oficial https://www.afip.gob.ar/monotributo/categorias la actualización correspondiente a los importes del impuesto integrado nacional, habilitando a esta Dirección General de Rentas a disponer la correspondiente adecuación a nivel provincial.

Que el presente acto administrativo se dicta conforme con las funciones asignadas por el artículo 16° de la Ley N.° 5.022 y sus modificatorias (Texto Ordenado por Decreto Ec. N.° 1.020/2024), el artículo 18° de la Ley N.° 5.899, el Decreto Acuerdo N.° 670/2020 y el Decreto Ec. N.° 631/2023.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Actualízanse, a partir del 1° de agosto de 2025, los importes fijos mensuales correspondientes al Régimen Simplificado Provincial del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, conforme lo previsto en el artículo 18°, segundo párrafo, de la Ley N.° 5.899, y en concordancia con la actualización publicada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (A.R.C.A.), en los siguientes montos:

CategoríaImporte fijo mensual
A$ 14.442,39
B$ 21.360,54
C$ 28.581,84
D$ 42.872,74
E$ 56.759,57
F$ 71.703,00

ARTÍCULO 2°.- La presente disposición regirá desde el 1° de agosto de 2025 y mantendrá su vigencia hasta que se disponga una nueva actualización conforme las pautas legales aplicables.

ARTÍCULO 3°.- Publíquese, comuníquese, dese al Registro Oficial y archívese.

Fuente: contadoresenred