Sanidad: acuerdo salarial enero 2026 CCT 120/75

Nuevo Acuerdo Paritario del CCT 120/75: Los Detalles del Convenio Colectivo de Sanidad 2025-2026 entre FATSA y ADEM.

En enero de 2026, la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA) y la Asociación de Distribuidores de Especialidades Medicinales (ADEM), como única representante del sector empleador, celebraron un nuevo acuerdo paritario que modifica parcialmente el Convenio Colectivo de Trabajo 120/75.

Vigencia del Acuerdo

El acuerdo tiene una vigencia definida: se aplicará desde el 1 de abril de 2025 hasta el 31 de marzo de 2026.

Ajustes Salariales y Asignaciones Convenidas

1. Nuevas Escalas Salariales Básicas

A partir del 1 de enero de 2026, entran en vigor las nuevas escalas salariales básicas acordadas. Si bien el cuadro detallado no se transcribe aquí por formato, el acuerdo establece los nuevos valores mínimos para cada categoría.

Nuevas Escalas Salariales Básicas desde el 01/01/2026

A continuación, se detalla la tabla oficial con los nuevos salarios básicos convencionales acordados para cada categoría, vigentes a partir del 1 de enero de 2026:

CATEGORÍABÁSICO
PROFESIONALES$ 1.997.168
PRIMERA CATEGORÍA$ 1.664.268
SEGUNDA CATEGORÍA$ 1.551.633
TERCERA CATEGORÍA$ 1.448.621
CADETES$ 1.360.834

2. Adicional por Cobranza

Se fija un Adicional por Cobranza de $152.956 a partir del 01/01/2026, conforme al Artículo 11. Se aclara que si algún establecimiento ya pagaba un monto superior, deberá mantener ese valor más alto.

3. Subsidio por Sala Maternal

Se acuerda una suma no remunerativa de $317.915 correspondiente a la Sala Maternal (Art. 21), también vigente desde el 01/01/2026. Al igual que con el adicional, rige la cláusula de no regresividad: se mantiene el valor más alto si ya se pagaba uno superior.

4. Asignación Post Vacacional

Se establece una Asignación Post Vacacional de $186.606 a partir del 01/01/2026.

5. Licencias por Paternidad

Hasta que se alcance un acuerdo definitivo en el ámbito del CCT 120/75, se establece que, como mínimo, se deberá abonar a los trabajadores varones la suma prevista en el Decreto 144/2022, en las condiciones allí detalladas.

Aporte Solidario Obligatorio

Se crea un aporte solidario obligatorio equivalente al 1% de la remuneración integral de cada trabajador, a partir de la vigencia de las nuevas escalas.

Este aporte tiene como fin:

  • Cubrir gastos de gestión y concertación de convenios.
  • Desarrollar la acción social.
  • Constituir equipos sindicales y técnicos.

Mecanismo de pago:

  • Los trabajadores afiliados a sindicatos de FATSA compensarán este aporte con el valor de su cuota asociacional.
  • Los empleadores retendrán y depositarán el aporte de los trabajadores no afiliados mensualmente en la cuenta especial de FATSA, a través de las boletas disponibles en www.sanidad.org.ar.

Contribución Extraordinaria a Favor de FATSA

Las empresas comprendidas en el CCT 120/75 deberán realizar una contribución extraordinaria y única de $150.130 por cada trabajador.

Forma de Pago: Esta contribución se abonará en 10 cuotas mensuales de $15.013, con vencimientos desde el 15 de mayo de 2025 hasta el 15 de febrero de 2026 (o el día hábil siguiente).

El depósito se realizará en la misma cuenta y con el mismo procedimiento que la contribución del artículo 70, especificando en la boleta el concepto “Contribución Extraordinaria”.

Ratificación y Presentación

El acuerdo se firmó en cuatro ejemplares, comprometiéndose las partes a su ratificación ante la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

Acta acuerdo y escalas

cct 120 acuerdo enero 2026Descarga

Fuente: ignacioonline