UOM Liquidación de haberes – Aclaración sobre acuerdo abril-agosto 2025
Estimados/as industriales,
En virtud de las numerosas consultas recibidas y la información que circula por redes y WhatsApp en relación a la liquidación de haberes del mes de septiembre cumplimos en informar que el acuerdo suscripto con UOMRA para el período abril-agosto 2025 NO prevé incremento salarial alguno para el mes de septiembre.
El mencionado acuerdo, en su cláusula CUARTA, establece como BASE DE CALCULO a partir del 1/9/25 un valor hora para la categoría ingresante, es decir, son los valores hora de referencia sobre los cuales aplicará el nuevo
acuerdo salarial en el momento que se suscriba.
En resumen, NO debe considerarse como incremento de los salarios básicos a partir del 1/9/25 la BASE DE CALCULO de la cláusula CUARTA del acuerdo.
Las empresas podrán compensar, por ejemplo como adelanto de haberes, la diferencia salarial correspondiente al ANR del mes de agosto ($25.000).
Fuente: contadoresenred
