Moratoria CABA y el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos

Desde el 3-11-2025 y hasta el 31-1-2026 se puede adherir a la Moratoria CABA establecida por la Ley 6842 reglamentada por la Resolución 461/25.

Mientras que la normativa solo excluye de la posibilidad de adhesión a la moratoria a las obligaciones correspondientes a los agentes de recaudación, cuando se ingresa a regularizar deuda de un contribuyente del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos de CABA nos encontramos con la sorpresa que la opción no está disponible.

Características del Plan

– Es para deudas vencidas hasta el 31/08/2025.
– Incluye deudas administrativas y judiciales.
– Contempla una condonación total o parcial de intereses resarcitorios y punitorios, con quitas de hasta el 100%, según el plazo de adhesión.
– Incluye deudas administrativas y judiciales. Para estas últimas se prevé la suspensión de plazos procesales y de la prescripción penal. Si se cancela la deuda en su totalidad (al contado o en plan de pagos), se extinguirá la acción penal, infraccional o delictual. También prevé condonación de sanciones y extinción de la acción penal vinculada a delitos del Régimen Tributario.

Financiación: 

– Hasta 48 cuotas.
–100% de condonación de intereses si te adherís en los primeros 30 días.
– Tasa de financiación: del 2% mensual para contribuyentes comunes y del 3% mensual para Grandes Contribuyentes.
– Monto mínimo de cuota: el valor mínimo de la cuota, incluidos los intereses por financiación, no puede ser inferior a $5.000 pesos.

Fuente: contadoresenred