El acuerdo suscripto el 21 de octubre de 2025 entre SMATA y ACARA establece que, a partir del 1° de octubre de 2025, el personal alcanzado percibirá los salarios conforme a las nuevas escalas del Anexo I, incluyendo sumas no remunerativas que se tendrán en cuenta para el cálculo de SAC, vacaciones y adicionales.