La RESOLUCIÓN Nº 360/AGIP/ 2022 en su Artículo 1° establece que la vigencia de las tasas de interés resarcitorio y punitorio previstos en los artículos 12 y 13 de la Resolución Nº 4323-MHFGC/22 y su modificatoria N° 4490-MHFGC/22 a partir del día 1° de enero de 2023.