Las Provincias podrán retener Ingresos Brutos en las operaciones con tarjetas

La Comisión Arbitral pone en marcha el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra. Así surge de la Resolución General 2/2019.

La Comisión Arbitral pone en marcha el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra (SIRTAC).

Así surge de la Resolución General 2/2019 publicada este viernes en el Boletín Oficial.

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La norma aprueba el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra «SIRTAC» disponible en Internet en el sitio web www.sirtac.gob.ar, en cumplimiento de las disposiciones sobre regímenes de retención establecidas por las jurisdicciones adheridas al Convenio Multilateral y al presente Régimen, para los casos de:

A) Liquidaciones o rendiciones periódicas correspondientes a sistemas de pago mediante tarjetas de crédito, de compras y/o pagos, tickets o vales alimentarios, de combustibles y/o cualquier clase de tickets o vales de compras y/o similares y;

B) recaudaciones, rendiciones periódicas y/o liquidaciones correspondientes a sistemas de pago mediante concentradores y/o agrupadores de pago (Administradores de Sistemas de Pagos).

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Fuente: iProfesional