A través de un decreto, el Gobierno decidió quitar derechos de exportaciones a las MiPyMES que operen un mayor volúmen que el año anterior.
El Gobierno decidió quitar derechos de exportaciones a las MiPyMES que operen un mayor volúmen que el año anterior.
La medida se dio a conocer a través del decreto 280/2019 publicado este martes en el Boletín Oficial.
Puntualmente, refiere a los derechos de exportación establecidos a través del Decreto 793/2018, que establecía hasta el 31 de diciembre de 2020, un derecho del 12% a la exportación para consumo de todas las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur.
Ese derecho no puede exceder de $3 o $4, en función de la mercadería de que se trate, por cada dólar estadounidense del valor imponible, incluyendo el importe que arroje la aplicación de la alícuota dispuesta, o del precio oficial FOB, según corresponda.
Por lo tanto, la nueva norma establece que se desgrava hasta el 31 de diciembre de 2020, del derecho de exportación fijado por el Decreto 793/2018, a las exportaciones de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs), que excedan, en términos de su valor FOB, a las realizadas por cada empresa en el año calendario inmediato anterior.
Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) podrán acceder al tratamiento previsto por este decreto siempre que las exportaciones que hayan realizado en el año calendario inmediato anterior no hubieran excedido los 50 millones de dólares.
Fuente: iprofesional