Firma digital: los certificados digitales emitidos por la AFIP tienen validez hasta el día 10/9/2019

Ha cesado la actividad de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) como Autoridad Certificante para la emisión de certificado de Firma Digital.


Mediante la Resolución General 4575/2019 (B.O. 09/09/2019), ha cesado la actividad de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) como Autoridad Certificante para la emisión de certificado de Firma Digital.


Como bien es sabido, la Ley Nº 25.506, de Firma Digital, reconoció la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, estableciendo las características de la Infraestructura que debe cumplirse para emitir la Firma Digital, fijando posteriormente el Código civil y Comercial de la Nación en el Art. 288 como único medio válido para la firma de documentos digitales, la firma digital emitida en los términos de
la Ley 25.506.


AFIP, a partir de la Resolución Nº 88 del 17/12/2008, emitida por la entonces Secretaría de Gabinete y Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros, había aprobado la Política de Certificación para la Autoridad Certificante de la Administración Federal de Ingresos Públicos y otorgó al Organismo la respectiva licencia para operar como Certificador Licenciado.


Pero recientemente la Resolución N° 67 del 26/06/2019 de la Secretaría de Modernización Administrativa dependiente de la Secretaría de Gobierno de Modernización de la Jefatura de Gabinete de Ministros, estableció que el día 20 de agosto de 2019 operaba el cese de actividades de la AFIP como Autoridad Certificante.


Mediante Nota N° NO-2019-74759336-APN-SECMA#JGM, la Secretaría de Modernización Administrativa dependiente de la Secretaría de Gobierno de Modernización de la Jefatura de Gabinete de Ministros, autorizó a este Organismo una nueva extensión de QUINCE (15) días de la licencia de Certificador de firma digital.


Pero a partir de la publicación de la Resolución General 4575/19 de AFIP, ésta deja de tener carácter de Certificado licenciado para el otorgamiento de Certificados de Firma Digital, explica el Dr. Fernando Bianchi, especialista laboral de Arizmendi.


En virtud de ello, los certificados digitales que se hayan emitido de conformidad con lo previsto por la Resolución General N° 2.651, tienen validez hasta el día 10 de septiembre de 2019, inclusive. Con posterioridad a dicha fecha, sólo resultarán válidos los certificados que se emitan de acuerdo a las disposiciones de la Secretaría de Modernización Administrativa dependiente de la Secretaría de Gobierno de Modernización de la Jefatura de Gabinete de Ministros.


Por lo que aquellos que cuentan con firma digital emitida por AFIP deberían actualizar nuevos certificados de firma digital para poder seguir firmando documentos digitales y trámites ante AFIP y demás organismos como lo venían haciendo hasta el momento.


AFIP continuará haciendo las veces de Autoridad de Registro, pero no podrá emitir más Certificados de Firma Digital en forma directa.


La norma a su vez aclara que cuando al gestionar el certificado digital en los términos establecidos por la normativa de la Secretaría de Modernización Administrativa dependiente de la Secretaría de Gobierno de Modernización de la Jefatura de Gabinete de Ministros, el solicitante seleccione como Autoridad de Registro a la Administración Federal de Ingresos Públicos a fin de cumplir con el procedimiento de identificación y autenticación, previo a concurrir a la dependencia de este Organismo, deberá solicitarse un turno vía «web» conforme a lo establecido por la Resolución General N° 4.188.


Asimismo aclara que toda norma vigente que haga referencia al certificado digital emitido por la Autoridad Certificante de la AFIP en el marco de la Resolución General N° 2.651, deberá entenderse referido al certificado digital emitido por la Autoridad Certificante de la Oficina Nacional de Tecnologías de Información (AC ONTI) o por la Autoridad Certificante AC MODERNIZACIÓN-PFDR, cuyas funciones son administradas por la Dirección Nacional de Tramitación e Identificación a Distancia de la Subsecretaría de Gestión Administrativa dependiente de la Secretaría de Modernización Administrativa de la Secretaría de Gobierno de Modernización de la Jefatura de Gabinete de Ministros.


Con lo cual a través de estos medios deberán generar los usuarios los nuevos certificados de firma digital para poder firmar las diferentes obligaciones alcanzadas por este medio.


Fuente: iprofesional

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