Plan de reforma impositiva de Alberto Fernández, objeto de crítica por parte de los abogados

Los especialistas consideran que algunos puntos pueden ser considerados confiscatorios o que se generan triples imposiciones. Puntos destacados.


Como ocurre en las campañas electorales calientes, muchos planteos de los candidatos son materia de controversia, pero tal vez pocas hayan generado tal nivel de críticas como la propuesta para una reforma impositiva que los asesores técnicos del peronismo le presentaron al candidato a presidente Alberto Fernández.


De acuerdo al texto difundido en su momento por iProfesional, la idea del candidato del Frente de Todos es la de crear un nuevo impuesto nacional a la propiedad inmueble, reimplantar el tributo a la herencia, implementar una suba extraordinaria de Bienes Personales y alcanzar fiscalmente a la compraventa de dólares.


Y la discusión no se limitó a los contadores expertos en temática tributaria, sino también a los abogados, dado que muchos de los puntos contenidos en el documento han sido cuestionados por su posible ilegalidad.


Según los especialistas consultados por este medio, esas propuestas obligarán a que el Congreso, así como a diversos organismos encargados de llevarla a cabo, como por ejemplo la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), aprueben distintas leyes y readecúen resoluciones para poder implementarla.


Ezequiel Passarelli, director de Impuestos de SCI Group, indica que «la propuesta tiene definiciones que son muy interesantes, pero, cuando se va al detalle (a la letra chica), hay cierta contradicción».


Por ejemplo, destaca que el documento indica que no se van a aumentar impuestos. «Sin embargo, se sugiere crear el Impuesto a la Herencia y un impuesto nacional a las propiedades (ya existe el impuesto provincial); además de aumentar el Impuesto sobre los Bienes Personales y aumentar el Impuesto a la Renta Financiera», agrega el experto.


Además, en el caso de que se trate de sancionar de una vez por todas la nueva ley de coparticipación federal, Fernández necesitará además el aval legislativo de cada una de las legislaturas provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires.


Es que, por mandato constitucional, todas las provincias deberán aceptar expresamente los cambios. No puede haber mayoría de aceptaciones de la nueva norma, sino que debe existir unanimidad.


Para Passarelli, discutir una Ley de Coparticipación, que sea justa para las provincias, ayudará a terminar con la arbitrariedad del Gobierno Nacional.


Por otro lado, según remarcan tributaristas y empresarios, no hay margen para la creación de más impuestos porque ya, de por sí, la presión tributaria que tienen es insostenible, por lo que un eventual gobierno del Frente de Todos deberá poner en una balanza todos los «pros» y contras que
puede tener el tomar una medida como esa.


Por ejemplo, en el caso de que se cree un impuesto nacional que grave a los inmuebles, podrán generarse reclamos en los tribunales ya que ya están alcanzados por inmobiliario provincial y el impuesto sobre los Bienes Personales.


De esta manera, muchos afectados por esta imposición podrían ir a la Justicia para cuestionar la medida tras calificarla de confiscatoria y de que se trataría de una triple imposición sobre un mismo bien.


Por otro lado, los expertos destacan que hay medidas que una vez sancionadas no conseguirán lograr su finalidad recaudatoria.


Por ejemplo, el Impuesto al Enriquecimiento Patrimonial a Título Gratuito a nivel nacional.


«La propuesta de crearlo a nivel nacional resulta contraria a la Ley de Coparticipación y totalmente incompatible con el Impuesto a los Bienes Personales, porque expone a una multiplicidad de gravámenes a un mismo patrimonio», advierte César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Asociados.


Passarelli calificó como «muy positiva» la idea de revisar el Impuesto al Cheque (un impuesto sumamente injusto, aunque muy eficaz en su recaudación) y el deficiente Ajuste por Inflación Impositivo, que se volvió a postergar, luego de que el Gobierno Nacional diera cuenta de lo que iba a perder por hacerlo obligatorio».


El papel del Congreso

El Congreso también deberá intervenir para avalar los siguientes tributos transitorios (por dos años) impulsadas por el equipo de Alberto Fernández:

  • Una alícuota especial de Bienes Personales, a los activos reales y financieros radicados en el exterior.
  • A las utilidades del sector financiero, aplicable sobre la rentabilidad sobre los activos y sobre los fondos propios de cada entidad.
  • A la compra venta de divisas.


«La aplicación de impuestos extraordinarios sobre Bienes Personales, además de no ser relevante desde el punto de vista de la recaudación, superará la frontera de confiscatoriedad establecido por la jurisprudencia actual», advierte Litvin.


Además, hay que tener en cuenta que esa transitoriedad podría ser prorrogada, por lo que se transformaría –en los hechos- en permanente.


Passarelli destaca que «todo dependerá de cómo salgan los cambios. Es que sí o sí tienen que salir por ley. En este punto, también habrá que ver cómo finalmente queda conformado el Congreso, para saber qué tanto tendrá que negociar el próximo Gobierno.


El principal tema que, seguramente, se pondrá en discusión es el Principio de Capacidad Contributiva y el Principio de No Confiscatoriedad.


Es decir, cuál es el aumento, cómo afecta y si los nuevos impuestos insumen un porcentaje significativo del patrimonio o las rentas de las personas, lo que puede volverlos inconstitucionales.

«La Corte ya lo ha usado muchas veces. Un caso muy típico es el Ajuste por Inflación Impositivo. Donde más de 100 veces la Corte ya ha dicho que corresponde aplicarlo, pese a estar prohibido por ley, dado que, su no aplicación lo vuelve confiscatorio», explicó el director de Impuestos de SCI Group.


Daniel G. Pérez, titular del Estudio Pérez, Fiocco & Asociados, también hizo foco en otra de las polémicas propuestas: «Se propone sustituir el impuesto al cheque por un impuesto a las transacciones financieras de carácter progresivo».


«Esto es un dislate tributario. Es muy riesgoso generar progresividad en un típico impuesto de transacciones, a menos que la idea sea gravar adicionalmente rentas financieras. La teórica progresividad en los impuestos de transacciones es difícil de medir y de aplicar. Aquí, lo que se quiere decir en realidad es que quieren hacer que tributen más impuestos las grandes transacciones bancarias, pero a través de un mecanismo complejo e ilógico», señaló el experto.


La polémica por el «blanqueo»

El documento sugiere la posibilidad de que nuevas cargas tributarias alcancen a aquellos que en su momento adhirieron al «blanqueo» de 2016. Para los expertos, ello constituiría una grave violación de derechos adquiridos, por lo que también su legalidad podría ser debatida en los tribunales.


Es que podría implicar la afectación retroactiva de derechos adquiridos, vulneraría la seguridad jurídica y, además, dicho gravamen se superpondría con otros tributos.


También consideran que es un error pretender gravar con un impuesto -se entiende que sería Ganancias- a la compra-venta de divisas, hoy exenta para personas humanas porque una persona ahorra en dólares para protegerse de la inflación y los problemas económicos.


Fuente: iprofesional

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