La Comisión Arbitral decidió aplazar hasta el 25 de marzo la entrada en vigencia del Registro Único Tributario.
La Comisión Arbitral decidió aplazar hasta el 25 de marzo próximo la entrada en vigencia del Registro Único Tributario – Padrón Federal.
Así lo establece la Resolución General 15/19 publicada este jueves en el Boletín Oficial.
El pasado 20 de noviembre se había oficializado la entrada en vigencia a partir del 5 de diciembre de 2019 del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por el régimen del Convenio Multilateral, con jurisdicción sede en las siguientes provincias:
- Buenos Aires
- Córdoba
- Chaco
- Chubut
- La Rioja
- Mendoza
- Santa Fe
El Registro Único Tributario-Padrón Federal, será administrado por la AFIP y por las jurisdicciones adheridas al presente, para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos de las jurisdicciones adheridas a este sistema,.
Las jurisdicciones adheridas al Registro Único Tributario-Padrón Federal podrán incorporar dentro del mismo a los contribuyentes locales del impuesto sobre los ingresos brutos de esa jurisdicción. Al tal fin, deberán establecer mediante las correspondientes normas de carácter local, las condiciones, formas y/o términos que dispongan tal incorporación.
El Registro Único Tributario-Padrón Federal operará a través del sitio web de la AFIP – Sistema Registral y será el único autorizado para que los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por el régimen del Convenio Multilateral en las jurisdicciones adheridas a este sistema, cumplan los requisitos formales de inscripción en el gravamen y de declaración de todas las modificaciones de sus datos, ceses de jurisdicciones, cese parcial y total de actividades y/o transferencia de fondo de comercio, fusión y escisión.
Fuente: iprofesional
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