La Administración Federal de Ingresos Públicos aprobó una nueva versión del aplicativo Ganancias Personas Jurídicas. Acceda a las claves.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aprobó una nueva versión del aplicativo Ganancias Personas Jurídicas el cual se deberá utilizar para las presentaciones que se realicen desde este miércoles 19 de agosto.
Mediante la Resolución General 4793 publicada en el Boletín Oficial, se dispuso que los contribuyentes y/o responsables comprendidos en las disposiciones de la Resolución General (AFIP) 4626, a los fines de la determinación del impuesto a las ganancias y la confección de la respectiva declaración jurada deberán utilizar el programa aplicativo denominado «GANANCIAS PERSONAS JURÍDICAS – Versión 18.0» o la versión que se apruebe en el futuro.
Las modificaciones introducidas en esta nueva versión contemplan, entre otras, las siguientes incorporaciones:
2.1. En la pantalla «Datos descriptivos»- nuevos campos:
2.1.1. Leyendas de declaración sobre el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).
2.2. En caso de ingresar en «Datos Descriptivos» la información declarativa sobre el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) deberá, de corresponder:
2.2.1. En la pantalla «Otros ingresos»: completar la información del beneficio recibido por el programa en el campo de «Otros Ingresos».
De esta manera, la AFIP actualiza el software para que las sociedades y empresas unipersonales presenten sus declaraciones juradas de ganancias incorporando la «ganancia» por el beneficio del Programa ATP en cuanto a la ayuda para el pago de salarios, señalan desde el Blog del Contador.
Fuente: iprofesional