Recientemente, el PEN incorporó una nueva licencia implementada en el decreto 792/20, el cual afirma que deberá otorgarse al empleado una suma no remunerativa, manteniendo tanto el cálculo de obra social como la Ley 19032, y obviando a su vez el aporte jubilatorio y manteniendo el sueldo neto para el empleado.
El artículo a su vez especifica que no se debe desfinanciar la seguridad social, y en el explicativo de LSD se expone del mismo modo que deberá aportarse como si contase con el sueldo íntegro aunque sea no remunerativo.
Como ejemplo de esto, si el empleado cobraba $10.000 brutos y tenía una retención de jubilación de $1.100, la suma no remunerativa del art. 24 va a pasar a ser de $8.900, por más que los aportes de obra social y de la ley 19.032 va a ser por los $10.000, siendo de esta manera de $300 cada una (en lugar de hacerlo por $8.900).
En aconpy.com hemos automatizado el proceso para que puedas liquidar esta licencia de forma rápida siguiendo estos simples pasos:
- Ingresá a tu cuenta aconpy.com (si aún no contás con una, registrate gratis).
- Dirigite a Sueldos e ingresá en el menú Empleados. Visualizá el legajo en cuestión y dale clic al botón de Editar.
- Agregá en situación la “50 – Dto. 792/20 – Mayores de 60 años, embarazadas, grupo de riesgo”.
Al momento de la liquidación:
A. Poné Ausencia justificada, indicando en Cantidad, los días de la licencia.
B. Agregá el concepto 1213 – Suma art. 24 decreto 792/20 indicando además los días.
Finalizados estos pasos, el sistema calculará automáticamente los aportes, como así también podrás exportar los .txt para declaración en línea y LSD