La AFIP informó a través de un comunicado de prensa que se prorroga la feria fiscal hasta el 29 de noviembre, inclusive.
Hasta la mencionada fecha se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos como determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras e intimaciones de pago, entre otros.
No se encuentran incluidas en dicha suspensión las acciones correspondientes a:
- Procedimientos de fiscalización con respecto a información proporcionada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos o por otros países en el marco del intercambio de información.
- Procedimientos relacionados con el Régimen de Precios de Transferencia.
- Procedimientos de fiscalización electrónica.
La medida no implica ninguna modificación ni prórroga sobre los vencimientos de impuestos. Una feria fiscal consiste en la extensión de plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social.
Durante la feria fiscal, no se suspenden las acciones de la AFIP. El organismo podrá notificar, dictar actos administrativos, imponer multas y llevar adelante operativos, entre otros procedimientos. No obstante, durante la vigencia de la feria fiscal quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a esos requerimientos.
Fuente: Redacción BdC
Fuente: Blog del Contador