Impuesto a las Ganancias: qué pasa con las horas extras

Cada vez más trabajadores se ven alcanzados por el tributo. Cobra impulso un proyecto para que horas extras y otros rubros salariales no se vean alcanzados.


Aunque por ahora sin la venia del bloque oficialista, los «dipusindicalistas» encabezados en la Cámara baja por Facundo Mayano avanzaron esta semana en la redacción de un proyecto para eximir del Impuesto a las Ganancias a las horas extras y otros rubros del salario.


En concreto, dijeron cerca de Moyano, el proyecto que unifica iniciativas presentadas en 2017 por el diputado de origen sindical de manera de eximir de Ganancias los siguientes rubros salariales:


-Aguinaldo.

-Horas extras.

-Adicional por horas nocturnas

-Feriados obligatorios y días no laborables trabajados.

-Adicionales por productividad, eficiencia, zona, desarraigo, realización de trabajos penosos, peligrosos o insalubres.

-Indemnizaciones legales o convencionales derivadas de la relación laboral.


La iniciativa también planteará una doble deducción para hogares monoparentales y deducciones no solo por cónyuges, sino también por concubinos.


Todas las parámetros del Impuesto a las Ganancias deberán actualizarse, según el proyecto, con el índice de salarios RIPTE y de acuerdo a la inflación que mide el INDeC, no solo el mínimo no imponible.


Moyano también podría incluir previsiones para medir en forma porcentual las deducciones por carga de familia, alquiler y sepelio, por ejemplo, para subirlas significativamente.

El diputado Moyano impulsa su proyecto con apoyo de los legisladores de origen sindical.

En concreto, una ley de 2017 cambió el tratamiento de las horas extras del siguiente modo:


1. En el caso de horas extras realizadas en días inhábiles, feriados y fines de semana, la diferencia entre el valor de la hora extra y el valor de una hora normal se encuentra exenta de abonar Impuesto a las Ganancias.


La porción exenta es solo el recargo que se le aplica a una hora normal para llegar al valor de la hora extra conforme a la legislación laboral y las convenciones colectivas aplicables.


2. En cuanto a las horas extras gravadas por el impuesto, no se consideran a la hora de determinar la alícuota que corresponde aplicar a la ganancia imponible.


Esto implica que a los efectos de establecer que tramo de la escala de alícuotas del impuesto corresponde aplicar no se computan las horas extras sujetas al impuesto.


El efecto de esta disposición, es que no se produzca la situación en la que un asalariado, por trabajar horas extras y aumentar su ingreso gravado, resulte percibiendo un importe neto inferior al que hubiese percibido sin trabajar horas extras.


Gananacias: impacto de las horas extras

Daniel Lejtman, de Lisicki, Litvin y Asociados, realizó para Clarín ejemplos de cómo impactan las horas extras y el Impuesto a las Ganancias en el ingreso del trabajador.


– A un trabajador soltero, sin hijos, que gana $100.000 netos o de bolsillo, le descontarán $3.302 mensuales por Ganancias.


Si hace horas extras en forma en día de semana, y cobra $10.000 mensuales netos más, le descontarán $5.595 mensuales.


En tanto, si hace horas extras días inhábiles, feriados y fines de semana por $20.000 (pago que se compone de $ 10.000 por la hora normal y $ 10.000 del plus de la hora extra por feriado) también le descontarán $5.595. Por esos $20.000 adicionales, le descontarán $2.293, cobrando un 11,46% menos.


Asimismo, un soltero sin hijos con $150.000 de ingreso neto: s hace horas extras también por $10.000 mensuales en días normales, el impuesto mensual sube de $17.776 a $21.384: son $3.608 y su ingreso por esas horas extras se reduce a $6.392, un 36,08%. Si realiza horas extras por $20.000 ($10.000 por hora normal y $10.000 por hora extra) en días inhábiles, feriados y fines de semana también le descontarán $21.384. Por esos $20.000 adicionales, le descontarán $3.608, cobrando un 18,04% menos.


– Para el caso de un casado con 2 hijos, que percibe una remuneración neta mensual de $120.000, el impuesto mensual que se le va a retener asciende a 2.448 pesos.


En el caso de percibir $10.000 adicionales en concepto de horas extras en días laborales, el impuesto mensual se incrementa a $4.560. Por esas horas extras, el impuesto se incrementa en $2.112 y por esos $10.000 cobrará $7.898. Un 21,13% menos. Con $20.000 extras ($10.000 por hora normal y $10.000 por hora extra) en días inhábiles, feriados y fines de semana también le descontarán $4.560. Por esos $20.000 adicionales, le descontarán $ 2.112, cobrando un 10,56% menos.


Qué es una hora extra

Las horas suplementarias, mejor conocidas como «horas extras» son aquellas en las que el trabajador presta su servicio habiendo excedido la jornada establecida por la legislación laboral y las convenciones colectivas de trabajo.


Por dichas horas extras el trabajador percibirá una remuneración equivalente al valor de la hora normal más un recargo, que se determinará en función del día y hora en que se trabajen conforme a las disposiciones legales y convencionales, explicó Waiman.


Igual que el resto de las remuneraciones obtenidas por los trabajadores en relación de dependencia, se encuentran dentro del objeto del Impuesto a las Ganancias y están contempladas en las «ganancias de la cuarta categoría«.


Para determinar el impuesto se aplica una escala de alícuotas que se incrementan conforme va creciendo la ganancia neta sujeta a impuesto y llega a 35%.


Es sabido que los impuestos no son neutros, es decir, alteran la conducta de los sujetos que deben abonarlos, recordó Waiman.


Con las modificaciones introducidas por las normas de 2017, la intención del legislador justamente fue evitar que un trabajador, para no afrontar un mayor pago del impuesto y en consecuencia tener como resultado un menor ingreso neto disponible, se vea alentado a no trabajar horas extras, comentó el experto.


En este marco, advirtió Waiman, determinar el impuesto que mensualmente corresponde retener al trabajador, aplicando todas estas disposiciones, resulta una tarea para nada sencilla.


Se requieren configuraciones y preparación de información adicional, lo que conlleva a un incremento de la carga administrativa de los responsables de la tarea de liquidación, concluyó.


Fuente: iProfesional