AFIP reglamenta la devolución de ganancias en 5 cuotas

El fisco nacional dio a conocer la resolución que reglamenta los cambios en en el Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría.


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó las modificaciones del Impuesto a las Ganancias para que las trabajadoras y los trabajadores con salarios mensuales de hasta $150.000 brutos dejen de pagar el tributo.


Mediante la RG 5008, que se publicará en los próximos días, la AFIP reglamenta la devolución de retenciones para los sueldos de los trabajadores que ganan hasta $150.000 brutos, que no estarán alcanzados por el Impuesto a las Ganancias.


Asimismo, queda fuera de ganancias el aguinaldo para quienes tengas ingresos brutos por ese monto.


Por otro lado, los trabajadores que ganan entre $ 150.000 y $ 173.000 brutos pagarán menos Ganancias porque tendrán una deducción especial que permitirá que no perciban menos de $150.000 brutos o $124.500 netos.


En cambio, los que ganan más de $173.000 brutos siguen pagando Ganancias como hasta ahora.


Devolución en 5 cuotas

La resolución de la AFIP dispone que los montos retenidos entre enero y mayo en concepto de anticipos del Impuesto a las Ganancias serán reintegrados en cinco cuotas mensuales, consecutivas e idénticas a partir de julio.


Jubilados y pensionados

Además, se instrumentó la deducción especial incrementada para que el impuesto sólo alcance a las personas con salarios mensuales superiores a $150.000 brutos, o aquellas jubilaciones que superen los 8 haberes mínimos.


Deducciones

También, se instrumentan las modificaciones introducidas por la Ley 27.617 con relación al incremento de la deducción especial del Impuesto a las Ganancias correspondiente a los hijos y las hijas con discapacidad.


La resolución del organismo también incorpora la deducción por pareja conviviente, antes reconocida sólo para cónyuges.


Personal de salud

Asimismo, se exime al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta septiembre.


Como parte de la reglamentación y con el objetivo de simplificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, la AFIP incrementa el umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben presentar las declaraciones juradas informativas patrimoniales para los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.


Declaraciones informativas

El nuevo valor para el período fiscal 2020 se ubicará en $2.500.000. De esta forma más de 200 mil trabajadores se verán eximidos de realizar la presentación de las declaraciones juradas informativas este año.


El vencimiento para esta declaración será el 31/07/2021.


RG 5008 AFIP próxima a publicarse

RS-2021-5008-E-AFIP-ganancias-1


Anexo con las nuevas tablas a aplicar


DEDUCCIÓN ESPECIAL INCREMENTADA – SEGUNDA PARTE DEL PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL INCISO C) DEL ARTÍCULO 30 DE LA LEY DEL GRAVAMEN

IF-2021-00638027-AFIP-SGDADVCOADSDGCTI-ANEXO-IV_compressed


Fuente: Ignacio Online