Proyecto de ley impositiva 2022 en provincia de Buenos Aires: puntos destacados y texto completo

El Gobierno de la provincia de Buenos Aires presentó el proyecto de ley impositiva para el ejercicio 2022. ¿Qué cambios hay en ingresos brutos, inmobiliario, automotor y sellos?


El Gobierno de la provincia de Buenos Aires presentó el proyecto de ley impositiva para el ejercicio 2022.


A continuación los principales temas que trata el proyecto de ley impositiva 2022:


Ingresos Brutos

– se actualizan los montos de facturación en un 101% «de tal manera de beneficiar a un número importante de PYMES», señala el proyecto. De esta manera, se mantiene el esquema tributario vigente, “donde se priorizan alícuotas diferenciadas que favorecen a contribuyentes de menor facturación, particularmente PYMES”;


– se exime del pago del impuesto por el plazo de 12 meses a nuevos/as contribuyentes que se encuentren dentro de la categoría «A» del Régimen Simplificado para pequeños contribuyentes (Monotributo) que hayan adherido al Régimen simplificado provincial. Esta exención alcanzará a aquellos y aquellas contribuyentes que inicien actividades durante el año 2022, pudiendo exceder el beneficio el periodo fiscal 2022 cuando fuera necesario a los fines de completar los 12 meses de exención;


– se eleva de $615 a pesos ochocientos noventa y dos ($892), el monto mínimo del impuesto sobre los Ingresos Brutos para anticipos mensuales (un 45% de incremento);


– se eleva de $32.604 a $47.276 mensuales y de $391.248 a $567.310 anuales (45% de aumento) el monto de ingresos por alquileres para estar exento del impuesto;


– se actualizarán los importes fijos mensuales vigentes a diciembre/2021 establecidos en el anexo de la Resolución Normativa N° 21/2021 (Régimen Simplificado) conforme los incrementos que pueda establecer la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) respecto de las montos del impuesto integrado de cada categoría del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) Monotributo, en virtud de la actualización automática dispuesta por el art. 52 del anexo de la ley 24.977 (es decir se incrementarán en un 52,67%).


Impuestos Inmobiliario Urbano Edificado y Urbano Baldío

– se actualiza la base imponible de los inmuebles en función del crecimiento proyectado del IPC (Índice de Precios al Consumidor) para el 2021, según pautas macro del presupuesto nacional para el ejercicio 2022. Además, para los dos tributos se reconstruyeron los límites de las tablas de alícuotas “para no incrementar la presión tributaria”.


– en el caso del Urbano Edificado, se establecen “topes de gravamen respecto al año anterior, los cuales son ascendentes a mayor patrimonio”. De esta manera, desde la cartera de Hacienda, estiman que “el 90 por ciento de los contribuyentes tienen aumentos menores al 35”.


– se reformula la tabla de alícuotas de los impuestos Inmobiliario Rural y Urbano Edificado “tanto la parte que afecta a las tierras como la correspondiente a edificios y mejoras”. En ambos casos, se actualiza la base imponible del crecimiento proyectado del IPC para el 2021”, según pautas macro del presupuesto nacional 2022.


Impuesto Automotor

– se actualiza la tabla para adecuarla a las valuaciones de los automotores”, con la intención de no “afectar la alícuota máxima aplicable”.


– se disponen topes de crecimiento del impuesto que son ascendentes a mayor valor. De esta forma, la mayoría de los dominios abonarán un incremento igual o menor a 35 por ciento”, indicó el expediente confeccionado por Hacienda


Impuesto de Sellos

– se adopta la misma política impositiva que la vigente en 2021, manteniéndose las alícuotas vigentes.

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Fuente: Blog del Contador