El nivel general del Índice de precios al consumidor (IPC) representativo del total de hogares del país registró en diciembre 2021 una variación de 3,8 % con relación al mes anterior. La variación interanual fue del 50,90 %.
FACPCE ya publicó en su página web los índices de la RT 6 hasta diciembre 2021 (inclusive) – de acuerdo a lo definido por Resolución JG 539/18. Los mismos se utilizan para realizar tanto el ajuste por inflación contable como el ajuste por inflación impositivo.
¿En que cierres de ejercicio se aplica el ajuste por inflación impositivo?
Para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2018, cuando el IPC acumulado en los 36 meses anteriores al cierre del ejercicio que se liquida, superior al 100%. Respecto del primer ejercicio, la inflación acumulada debe superar el 55%, a partir del segundo año (desde diciembre 2019) la inflación acumulada debe superar el 30% para que se aplique el ajuste por inflación contable y deberá superar el 15% para el tercer ejercicio.
RESOLUCIÓN TÉCNICA N° 6 – “ESTADOS CONTABLES EN MONEDA HOMOGENEA” – ÍNDICE DEFINIDO POR LA RESOLUCIÓN DE JG 539/18
Pueden descargar los Índices desde este link https://www.facpce.org.ar/indice-rt-6-diciembre-2021/
Fuente: Contadores en Red