Esta medida se suma a los beneficios ya vigentes para los monotributistas donde partir de septiembre del año 2021 entro en vigencia el Monotributo Unificado.
Así lo dispuso la ley impositiva 2022 en su articulo 132 donde enuncia “Exímese del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, a aquellos contribuyentes que se encuentren incluidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) MONOTRIBUTO (…) El beneficio previsto en el párrafo anterior alcanzará, exclusivamente, a aquellos contribuyentes cuya inscripción en el impuesto sobre los Ingresos Brutos en esta jurisdicción se formalice durante el año 2022, y abarcará un período de doce (12) meses, pudiendo exceder el referido período fiscal cuando fuera necesario a los fines de complementar el plazo de eximición, y será otorgado de oficio. Quedaran excluidos de este beneficio aquellos contribuyentes que hayan formalizado su cese en el impuesto sobre los Ingresos Brutos durante diciembre de 2021 o durante el ejercicio fiscal 2022, en forma previa a una nueva inscripción en el tributo en este último ejercicio”
Cabe recordar que esta medida se suma a los beneficios ya vigentes para los monotributistas donde partir de septiembre del año 2021 entro en vigencia el Monotributo Unificado, que le permite a los contribuyentes darse de alta de forma unificada en el Monotributo y en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires gozando de los siguientes beneficios:
- Un pago unificado de ambos componentes con vencimiento los días 20 de cada mes.
- No requiere presentar DDJJ mensuales, ni anuales (por el período que se encuentra inscripto en el Régimen Simplificado).
- Exclusión de los Regímenes de Recaudación generales o especiales (retenciones, percepciones y retenciones bancarias).
- No aplican pagos a cuenta (incluso anticipo de honorarios profesionales -formulario R-114 v2-).
Fuente: Blog del Contador