Claves de la Comunicación 7506 del BCRA que prohibió las operaciones de los bancos con criptomonedas

A principio de este mes dos bancos anunciaron el acceso para sus clientes a inversiones relacionadas con criptomonedas. Sin embargo, un comunicado del BCRA obligó a dar marcha atrás con la iniciativa.


A principio de este mes dos bancos anunciaron el acceso para sus clientes a inversiones relacionadas con criptomonedas. Sin embargo, un comunicado del BCRA obligó a dar marcha atrás con la iniciativa. A continuación vamos a tratar de responder algunas preguntas.


¿Qué pasó?

El pasado 2 de mayo el Banco Galicia y el Banco Brubank anunciaron la posibilidad de que sus clientes pudieran invertir en criptomonedas. Es interesante recalcar que ambas compañías reconocen implícitamente que las cripto son inversiones dado que incorporan la opción junto a otras tradicionales como acciones o plazos fijos.


¿De qué se trata el servicio?

Los bancos mediante su plataforma de inversiones permitían comprar Bitcoin (BTC), Ether (ETH), la stablecoin USDC y Ripple (XRP).


¿En qué se diferencia con los Exchange?

La diferencia radica en que únicamente deja realizar operaciones de compra y venta, por lo que no se puede “transferir” los activos a otras billeteras. Este procedimiento puede resumirse con la frase “Not your keys, not your coins» ya que al comprar bajo esta modalidad lo que se está adquiriendo es una especie de “derecho” sobre la moneda digital y no la cripto en sí misma (la custodia esta cedida a una empresa, esto se desarrolla en la próxima pregunta). Además, mientras que la ganancia de las aplicaciones puede configurarse en criptomonedas, la plataforma bancaria solamente otorga pesos.


En resumen, el sistema propuesto por la banca tradicional intentaría brindar un servicio de compra, venta y custodia de criptomonedas de manera unificada.


¿El banco tiene las criptomonedas?

No, delega esa tarea a la empresa Lirium AG que está radicada en Liechtenstein, uno de los países con la regulación cripto más avanzada del mundo. La entidad menciona que se dedica a simplificar el acceso a las criptomonedas para los usuarios de aplicaciones bancarias de todo el mundo.


Es decir que cuando un usuario adquiere criptomonedas via Home Banking o aplicación en ningún momento interactúa con la compañía extranjera, sino que lo hace de forma indirecta a través de los sistemas del banco.


¿Qué comunicó el BCRA?

El Banco Central le prohibió a las entidades del sistema financiero operar con criptomonedas. En el mensaje emitido por la entidad se mencionó que: “Las entidades financieras no podrán realizar ni facilitar a sus clientes la realización de operaciones con activos digitales, incluidos los criptoactivos y aquellos cuyos rendimientos se determinen en función de las variaciones que ésos registren, que no se encuentren regulados por autoridad nacional y autorizados por el Banco Central de la República Argentina (BCRA). En mayo de 2021, el Banco Central de la República Argentina y la Comisión Nacional de Valores (CNV) publicaron una alerta a efectos de proveer información sobre eventuales implicancias y riesgos que los criptoactivos pueden acarrear, así como recomendar una actitud prudente a fin de mitigar una eventual fuente de vulnerabilidad para las personas usuarias e inversores.”

A7506


Ya en mayo de 2021 los organismos publicaron un aviso sobre eventuales implicancias y riesgos que los criptoactivos, así como recomendar una actitud prudente a fin de mitigar una eventual fuente de vulnerabilidad para las personas usuarias e inversores.


Con este antecedente y lo ocurrido, el contralor sigue marcando una postura contraria a las criptomonedas sin poner énfasis en una posible solución o un intento de regulación.


¿Es ilegal comprar criptomonedas?

El artículo 19 de la Constitución Nacional establece que “Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”. En otras palabras, todo lo que no está prohibido está permitido y en esta temática no hay ninguna reglamentación que las prohíba ni que las regule.


Por más que el BCRA junto con la CNV exprese una opinión acerca de estos activos, la misma no constituye el carácter de una norma.


¿Qué ocurrirá?

Por lo pronto en el corto plazo se entiende que los bancos cancelarán el servicio hasta tener una decisión firme del BCRA.


Fuente: Blog del Contador