Nuevos montos para agentes de recaudación ARBA ¿Cómo solicitar la inscripción o baja según los nuevos parámetros de ingresos?

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires duplicó el monto de facturación a partir del cual las empresas tienen la obligación de actuar como agentes de percepción y retención del fisco.

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires duplicó el monto de facturación a partir del cual las empresas tienen la obligación de actuar como agentes de percepción y retención del fisco.

Según la Resolución Normativa 9/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial, la actualización de estos valores prevé que las empresas que hubieran obtenido “durante el año calendario 2022 ingresos totales operativos (gravados, no gravados y exentos) superiores a $500 millones deberán actuar como agentes de recaudación del régimen general”.

Aunque para los contribuyentes que declaran como actividad principal “el expendio al público de combustibles líquidos derivados del petróleo”, la normativa elevó el piso de facturación anual a $750 millones, señala un comunicado del organismo.

El director de ARBA, Cristian Girard, explicó que “adoptamos una nueva medida que beneficiará a más de 1.470 empresas bonaerenses que verán reducida su carga administrativa”, y destacó que “esta lógica de trabajo se implementó desde el inicio de la gestión del gobernador Axel Kicillof”.

“Desde 2020 hasta la fecha, incrementamos cuatro veces el límite de facturación para actuar como agentes de recaudación”, señaló Girard, y detalló que “la primera vez, antes del comienzo de la pandemia se elevó un 175%; en 2021 un 36% más; el año pasado agregamos un 66%; y ahora un 100%. En total, las PyMES favorecidas son unas 8.300 que quedaron eximidas de esta obligación fiscal”.

El titular de ARBA, explicó que esta medida tiene un “doble impacto positivo en el tejido productivo provincial”, ya que, además de quitar peso administrativo a las empresas reduce la cantidad de operaciones alcanzadas por retenciones y percepciones de Ingresos Brutos a otros contribuyentes, “disminuyendo significativamente la acumulación de saldos a favor y favoreciendo el desahogo financiero del sector productivo”.

Las empresas que actúan como agentes de recaudación del impuesto a los Ingresos Brutos tienen la obligación de retener o percibir dinero de los contribuyentes como pago a cuenta de ese tributo para luego depositarlo a la orden del fisco, indicaron desde ARBA.

Inscripción para comenzar a actuar como agentes de recaudación

De acuerdo a lo que estableció la Resolución Normativa 7/2023 de ARBA, los sujetos que reúnan las condiciones normativas para inscribirse como agentes de recaudación y comenzar a actuar como tales en el año 2023, deberán formalizar tales deberes según lo establecido a continuación:

a) Deberán inscribirse hasta el último día hábil del mes de marzo de 2023.

b) Deberán comenzar a actuar como tales, a partir del primer (1°) día mayo de 2023.

Los plazos fijados para el año 2023 son con carácter excepcional ya que la reglamentación vigente dispone que los agentes deberán inscribirse hasta el último día hábil del mes de enero del año calendario inmediato siguiente a aquél en que se hayan superado los parámetros establecidos para ese año, debiendo actuar como tales a partir del primer día del mes de marzo del mismo año.

La solicitud de inscripción se instrumentará mediante los correspondientes Formularios R 518 aprobados por la Resolución Normativa Nº 53/10.

Pasos para solicitar el alta como agente de recaudación a través de la Web de ARBA

  1. Ingresar en «Trámites de solicitud para actividades de IB y AR».
  2. Ingresá tu CUIT y Clave de Identificación Tributaria (CIT) y presioná «Ingresar».
  3. Luego en el menú «Trámites» seleccioná la opción «Alta en ingresos brutos o como agente de recaudación».
  4. Completá los «Datos de Identificación Inicial» eligiendo la opción «AgentesRecaudacion» en el campo «Tipo de Contribuyente» y presioná «Continuar».
  5. Completá la pestaña «Datos Fiscales» y presioná «Confirmar».
  6. Completá la pestaña «Act. Agente» y presioná «Confirmar».
  7. Completá la pestaña «Domicilios» cargando un domiciio para cada elemento de la lista y finalizá presionando el botón «Confirmar domicilios asignados», que aparece después de cargar al menos un domicilio.
  8. En la pestaña «Declarar», presionar el botón «Declarar».
  9. Podés imprimir y/o descargar la Constancia Web de inicio del trámite, la que contendrá un número de identificación con el cual podrás consultar el estado del mismo.
  10. Te enviaremos un correo electrónico a la casilla declarada, conteniendo un enlace para que confirmes la solicitud ingresada.
  11. Accedé al enlace contenido en el correo electrónico. Verás un formulario que debés completar utilizando los datos recibidos en el correo electrónico y presioná el botón «Continuar» para confirmar la solicitud ingresada.

Contribuyentes que dejan de estar obligados a actuar como agentes de recaudación

Aquellos sujetos que, por aplicación de las modificaciones dispuestas en la Resolución 9/2023 dejen de reunir las condiciones reglamentarias previstas para resultar alcanzados por la obligación de actuar como agente de recaudación, deberán comunicar tal circunstancia a ARBA a los fines de
establecer su permanencia en el régimen. La solicitud se instrumentará mediante los correspondientes Formularios R 518 aprobados por la Resolución Normativa Nº 53/10 .

Hasta tanto se efectivice el cese de conformidad con lo expuesto en el párrafo anterior, subsistirán en su totalidad las obligaciones de los agentes involucrados, debiéndose proceder a la retención y/o percepción y el depósito de todo importe recaudado, y de acuerdo al calendario vigente para cada ejercicio fiscal.

Pasos para solicitar la baja como agente de recaudación a través de la Web de ARBA

  1. Ingresar en «Trámites de solicitud para actividades de IB y AR».
  2. Ingresá tu CUIT y Clave de Identificación Tributaria (CIT), y presioná «Ingresar».
  3. En el menú «Trámites», seleccioná la opción «Cese como agente de recaudación».
  4. Completá los datos solicitados por la página y presionar el botón «Declarar».
  5. Podés imprimir y/o descargar la constancia de Solicitud de Cese. La misma contendrá un número de identificación que podrás utilizar para consultar el estado del trámite.
  6. ARBA confirmará el trámite realizado en el plazo de 15 días hábiles.

Importante: ARBA podrá, en forma previa a la confirmación del trámite, solicitarte el aporte de la documentación que en cada caso estime corresponder, la cual deberás presentar de manera que te indique (electrónica o presencial), dentro de los 10 días hábiles de formulado el requerimiento. En caso de incumplimiento, el trámite iniciado perderá validez y deberás iniciarlo nuevamente.

Fuente:blogdelcontador