Recupero de percepciones de ganancias: novedades para empleados

AFIP realizó una modificación en sus sistemas para que empleados que sufren retenciones de ganancias puedan solicitar devolución simplificada.

En febrero de 2023 AFIP realizó una modificación en sus sistemas para que un grupo de personas que sufren retenciones sobre sus sueldos o jubilaciones puedan solicitar sus saldos a favor de una manera simplificada.

Aclaración: Este artículo es meramente informativo y no es un asesoramiento. Para contextos particulares o simplemente si no se comprende el funcionamiento, es fundamental consultar un contador o contadora matriculada para obtener una correcta evaluación de la situación fiscal.

Antes de la actualización, para aquellos casos donde las retenciones anuales del impuesto eran menores a las percepciones, se debía efectuar un trámite que incluía la inscripción en el impuesto, la confección de una DDJJ y de una solicitud para recuperar el saldo a favor. Así, por ejemplo, si el empleador retuvo $85.000 y el monto de percepciones que se informa en SIRADIG es $100.000, se reintegraban $85.000 por medio del recibo de sueldo de abril o mayo del año siguiente al de las percepciones y $15.000 por el proceso mencionado.

Sin embargo, en la última actualización del aplicativo SICORE (sistema por el cual los empleadores informan las retenciones que les realizan a sus empleados) apareció el siguiente mensaje: “Se habilitan los comprobantes 61 «Imp 787 – Ajuste Liquidación Anual» y 62 «Imp 787 – Ajuste Liquidación Anual – Devolución» para informar los ajustes al periodo anterior en las liquidaciones anuales (RG 4003/17, art 21 inc a) 4to párrafo y/o RG 2442/08, art 9). Se deberá consignar en el campo «fecha de retención» una fecha comprendida dentro del año anterior al ajuste”.

En otras palabras, se permite incluir conceptos del año anterior al vigente. Este era un cambio que hace un tiempo se estaba reclamando ya que había un sector de empleados y jubilados que, como dijimos, debía realizar un procedimiento un poco más extenso y complejo.

En consecuencia, y suponiendo un escenario en donde se presentó el SIRADIG con las percepciones de Ganancias y el empleador informó correctamente las devoluciones con el comprobante 62, al consultar en el portal “Mis retenciones” el impuesto 787 del año 2022 debería aparecer en cero.

Contexto que se describe con imágenes a continuación:

Es importante destacar que la aparición del importe DEPENDE exclusivamente de cómo informe la empresa o el empleador las retenciones. Si se expone de una manera distinta a la solicitada por el fisco, la persona tendrá que reclamar los saldos realizando la DDJJ del impuesto.

Es decir, aunque se haya corregido esta circunstancia desde el punto de vista de los sistemas, se necesita una adecuada exposición de las retenciones por parte del agente de retención.

Por otro lado, a las personas que cobran sus haberes el último día hábil ya les debería aparecer el concepto en su perfil de AFIP. Caso contrario, se podrá observar aproximadamente a mitad de junio.

Aclaradas estas dos cuestiones, una vez que el saldo de las retenciones anuales arroje cero, el sistema “Devolución de Percepciones” otorgará la posibilidad de realizar la gestión del reembolso de un modo “simplificado” por medio del formulario 1746.

Para finalizar, quiero dejar una aclaración; el hecho de que sea más sencillo tramitar las devoluciones no impide a AFIP solicitar información adicional antes de aprobar el procedimiento. Ampliando este concepto, en este link se describe que se evalúa: https://www.afip.gob.ar/regimen-devolucion-percepciones/devolucion/aprobacion.asp

Insisto en que lo único que se cambió es el método de solicitud ya que el éxito o no del trámite depende exclusivamente de la situación del contribuyente.

Generalmente al presentar el formulario, el sistema demora unos días en procesarlo y presenta los siguientes estados:

  1. “Presentado”: Se comprueba que hemos realizado la solicitud.
  2. “Pendiente de validación de fiscalización”: El sistema está verificando ciertos parámetros.
  3. “En trámite”: Condición donde tenemos dos posibilidades:
    1. “Devolución automática aprobada”: Aceptación
    2. “Solicitud sujeta a fiscalización”: Debemos dirigirnos a la dependencia de AFIP que nos incumba para consultar la documentación a exponer.

Cuadro Resumen sobre cómo recuperar el saldo de percepciones

Condición¿El total de percepciones es mayor al total de retenciones del año?¿Presentó SIRADIG con percepciones?¿Empleador presentó el concepto IMP 787?Modo de recuperar el saldo de percepciones
1- Persona que le hicieron retenciones sobre su sueldo durante el año fiscalSISISICon Recibo de sueldo en abril o mayo y F1746 en mayo o junio
2- Persona que le hicieron retenciones sobre su sueldo durante el año fiscalSINONODDJJ y solicitud de devolución
3- Persona que le hicieron retenciones sobre su sueldo durante el año fiscalNOSIIndistintoCon Recibo de sueldo en abril o mayo
4- Persona que NO le hicieron retenciones sobre su sueldo durante el año fiscalNo correspondeSINo correspondeF1746
5- Persona que le hicieron retenciones sobre su sueldo durante el año fiscalSISINODDJJ y solicitud de devolución

Fuente:blogdelcontador