Datos Biométricos: CUIT terminados en 6 o 7 deben tenerlos registrados antes del 31 de julio

Cada contribuyente obligado a registrar sus datos recibe una notificación en su domicilio fiscal electrónico con la fecha límite para cumplir el requisito.

El 31 de julio vence el plazo para que las personas humanas cuyas CUIT terminen en 6 o 7 tengan registrados sus datos biométricos a fin de poder operar ante AFIP. Para las CUIT terminadas en 8 y 9, este plazo vence el 31 de agosto. La identidad puede validarse mediante la aplicación móvil “Mi AFIP”

El registro de los datos biométricos es un procedimiento obligatorio destinado facilitar y garantizar la correcta identificación de las características únicas de cada persona, según indica la AFIP en un comunicado publicado en su sitio web.

Todas las personas que operen con clave fiscal deben tener sus datos biométricos registrados. Cada contribuyente obligado a registrar sus datos recibe una notificación en su domicilio fiscal electrónico con la fecha límite para cumplir el requisito.

A raíz de las restricciones de circulación que tuvieron lugar debido a la pandemia de Covid-19, se había suspendido esta obligación de registro; un beneficio excepcional que se extendió varías veces. Esta excepción ya no será prorrogada y los contribuyentes deben registrar sus datos biométricos, señaló la AFIP.

Quienes aún no los hayan registrado, podrán hacerlo de forma progresiva de acuerdo al siguiente cronograma:

Terminación de CUITFecha del fin de la eximición de
registro de datos biométricos
6-731 de julio de 2023
8-931 de agosto de 2023
Terminación de CUITEximición concluida
0-128 de abril de 2023
2-331 de mayo de 2023
4-530 de junio de 2023

Registración de datos

La identidad puede validarse mediante la aplicación móvil “Mi AFIP”; con este método no es obligatorio acercarse a una dependencia del organismo. Tampoco requiere confirmación ni aceptación de los datos en ninguna otra plataforma o modalidad.

Para realizar el trámite desde la aplicación móvil “Mi AFIP”, se debe ingresar a la opción “Datos Biométricos” y seguir los pasos que indica la aplicación.

Asimismo, quienes hubieran solicitado o blanqueado la clave fiscal desde la app tampoco deberán realizar confirmación ni aceptación de datos. El detalle del procedimiento se encuentra en la guía paso a paso Mi AFIP: ¿Cómo registro mis datos biométricos?

De no poder cumplir con la registración en forma virtual, se podrá realizar el trámite de manera presencial en una dependencia de AFIP. Para ello, se deberá solicitar un turno web para el trámite “Datos biométricos – Registro”. El día del turno se deberá asistir con documento de identidad.

En este caso, para que la registración quede validada, luego de la toma de datos, se deberá ingresar al servicio con clave fiscal “Aceptación de datos biométricos” para confirmar la foto y firma. Si se rechazan los datos registrados en una dependencia de AFIP, se deberá solicitar otro turno para una nueva registración.

Fuente:blogdelcontador