AFIP prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, el plazo de suspensión de las ejecuciones fiscales relacionadas con deudas de las empresas beneficiarias del Régimen de Promoción Industrial.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2023, inclusive, el plazo de suspensión de las ejecuciones fiscales relacionadas con deudas de las empresas beneficiarias del Régimen de Promoción Industrial.
Las deudas alcanzadas por la medida son las generadas hasta el período fiscal 2015, cualquiera sea el estado en que se encuentren, originadas por el usufructo de una cantidad de bonos de crédito fiscal superior a la originalmente reconocida, que hubiera sido acreditada en el marco de un proceso judicial cuyo resultado finalmente resultó adverso a las beneficiarias del citado régimen.
La prórroga se otorga considerando los tiempos insumidos para la emisión de los certificados de cumplimiento promocional requeridos para acceder a la condonación, su posterior evaluación por parte de las distintas áreas intervinientes y la existencia de solicitudes pendientes de resolución.
La Resolución General N° 5381/2023 entró en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, con efectos a partir del 1 de julio de 2023, inclusive.
Fuente:blogdelcontador