El valor del pago a cuenta se determinará ahora multiplicando por $ 2,75 el 60% de los kilogramos de trigo que ingresan a planta en cada operación de molienda.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó el importe de la suma fija con la que se calcula el pago a cuenta del impuesto al valor agregado a cargo de los usuarios del servicio de molienda de trigo denominado «Guía Fiscal Harinera».
El valor del pago a cuenta se determinará ahora multiplicando por $ 2,75 el 60% de los kilogramos de trigo que ingresan a planta en cada operación de molienda, según informó la AFIP.
Dicho importe se ajustará semestralmente por el coeficiente que surja de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), correspondiente a los semestres de septiembre a febrero y de marzo a agosto.
La AFIP publicará en los meses de abril y octubre de cada año los importes actualizados, los cuales serán de aplicación a partir del 1 de mayo y del 1 de noviembre, según corresponda.
La primera actualización del importe se efectuará considerando el coeficiente respectivo del período semestral comprendido entre los meses de septiembre de 2023 a febrero de 2024 y el monto así determinado regirá para los cálculos de los pagos a cuenta a efectuar desde el 1 de mayo de 2024 hasta el 31 de octubre de 2024, ambos inclusive.
Vigencia
Estas disposiciones tienen vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial y serán de aplicación para los retiros de harina que se realicen a partir del 1 de noviembre de 2023 inclusive, aun cuando el servicio de molienda haya sido prestado con anterioridad a la citada fecha de aplicación.
Fuente: Resolución General (AFIP) 5438
Fuente: blogdelcontador