Los empleadores cuyos trabajadores estén en el sindicato SMATA CCT 27/88, desde el 1° de Noviembre de 2023 se reconocerá y abonará según el ANEXO ESCALAS firmado por las partes.
Aquellas empresas y/o empleadores que hayan otorgado durante el corriente ano 2023 a sus empleados convencionados sumas a cuenta de futuros aumentos, superadoras (por encima) de los acuerdos firmados entre SMATA y FAATRA, podrán absorber las de las aquí pactadas hasta su concurrencia.
Vigencia: a partir del 1° de Noviembre de 2023, y continuarán manteniendo negociaciones sobre escalas y salarios.
Los incrementos acordados mantendrán su plena vigencia no obstante cualquier aumento o ajuste general que dispongan las autoridades con carácter remunerativo o no remunerativo, o incrementos otorgados por el Poder Ejecutivo Nacional, o por otra vía, e incluyen y/o comprenden los incrementos que surjan del índice de precios al consumidor, costo de vida, o de cualquier otra naturaleza u origen.
En caso de que se produzcan graves distorsiones o circunstancias de carácter excepcional en el curso de la economía nacional, las partes se autoconvocaran a los fines de analizar los hechos y las circunstancias.
SMATA Escalas Salariales Noviembre y Diciembre 2023.
FAATRA-SALARIOS-NOVIEMBRE-DICIEMBRE-2023Fuente: contadoresenred