La FACPCE publicó el Informe del Consejo Elaborador de Normas de Contabilidad y Auditoría (CENCYA) N° 27- MODELO DE ESTADOS CONTABLES para entidades con fines de lucro que aplican sólo el Título I de la Resolución Técnica N° 54 y sus modificatorias (RT 54).
Este informe que contiene un juego de estados contables ilustrativos ha sido elaborado por el CENCYA de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) con el objetivo de ayudar a los responsables por la aplicación de la RT 54 a preparar sus propios estados contables.
El ejemplo ilustrativo de los estados contables corresponde a un ejercicio regular, elaborados de conformidad con la RT 54, emitidos por una entidad ficticia con fines de lucro, que está constituida en la República Argentina bajo la forma de “sociedad anónima”, de conformidad con la LGS (Ley N° 19.550) asumiendo que la emisora ficticia solo aplicó el Título I de la RT 54, dado que los temas implicados en tal preparación son “de baja complejidad contable”, de acuerdo con la definición de “temas de baja complejidad contable” que se brinda en el Glosario de la referida RT.
Pueden descargar el MODELO DE ESTADOS CONTABLES RT 54 desde este link
www.facpce.org.ar/Informe-del-CENCyA-N-27-Modelo-EECC-RT-54.pdf
¿A partir de que cierre es de aplicación obligatoria la RT 54?
SHAREInformes y Certificaciones
Modelo de Estados Contables RT 54. Para descargar.
Post on: 19/04/2024 admin 5
CERTIFICACIONES
La FACPCE publicó el Informe del Consejo Elaborador de Normas de Contabilidad y Auditoría (CENCYA) N° 27- MODELO DE ESTADOS CONTABLES para entidades con fines de lucro que aplican sólo el Título I de la Resolución Técnica N° 54 y sus modificatorias (RT 54).
Este informe que contiene un juego de estados contables ilustrativos ha sido elaborado por el CENCYA de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) con el objetivo de ayudar a los responsables por la aplicación de la RT 54 a preparar sus propios estados contables.
El ejemplo ilustrativo de los estados contables corresponde a un ejercicio regular, elaborados de conformidad con la RT 54, emitidos por una entidad ficticia con fines de lucro, que está constituida en la República Argentina bajo la forma de “sociedad anónima”, de conformidad con la LGS (Ley N° 19.550) asumiendo que la emisora ficticia solo aplicó el Título I de la RT 54, dado que los temas implicados en tal preparación son “de baja complejidad contable”, de acuerdo con la definición de “temas de baja complejidad contable” que se brinda en el Glosario de la referida RT.
Pueden descargar el MODELO DE ESTADOS CONTABLES RT 54 desde este link www.facpce.org.ar/Informe-del-CENCyA-N-27-Modelo-EECC-RT-54.pdf
¿A partir de que cierre es de aplicación obligatoria la RT 54?
En la Provincia de Buenos Aires la Resolución del Consejo Directivo N° 3944 del CPCEPBA estableció que la Resolución Técnica N° 54 “Normas Contables Profesionales: Norma Unificada Argentina de Contabilidad”, Texto Ordenado según Resolución Técnica N° 56, tendrá vigencia obligatoria para estados contables correspondientes a ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2025, sin exigir su aplicación a los períodos intermedios comprendidos en el primer ejercicio.
Se admitirá la aplicación anticipada de la Resolución Técnica N° 54, Texto Ordenado según Resolución Técnica N° 56, para los estados contables correspondientes a ejercicios iniciados a partir del 1° de julio de 2024 inclusive, sin exigir su aplicación a los períodos intermedios comprendidos en el primer ejercicio.
En Santa Fe en cambio la Resolución Técnica 54, según Resolución 15/2023 del Consejo Superior del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe, rige en territorio provincial en los tiempos siguientes: Las normas de aplicación obligatoria para la preparación de estados contables a partir de los ejercicios iniciados el 1 de julio de 2024 y los períodos intermedios comprendidos en esos ejercicios. Admitir la aplicación anticipada para la preparación de estados contables correspondientes a los ejercicio iniciados el 1 de enero de 2023 y los períodos intermedios comprendidos en estos ejercicios.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por su parte el CPCECABA todavía no adoptó la RT 54.
Fuente: contadoresenred