Monitoreo Electrónico de Ventas (MEVEN): ¿Cómo funciona este sistema de control fiscal de AFIP y por qué debería eliminarse?

El MEVEN es un sistema de control virtual implementado por la AFIP para reemplazar el método denominado de punto fijo. Los contribuyentes seleccionados para el MEVEN deben informar diariamente el monto total de sus ventas o prestaciones de servicios.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha comenzado a notificar a varios contribuyentes sobre su selección para «participar» del Monitoreo Electrónico de Ventas (MEVEN).

Este sistema de control fiscal exige que los contribuyentes informen diariamente el monto total de sus ventas y/o prestaciones de servicios durante un período determinado, que por lo general abarca dos meses. El objetivo principal es monitorear el nivel de facturación de los comercios seleccionados y detectar posibles inconsistencias en sus declaraciones impositivas.

El MEVEN, implementado desde hace ya varios años, no se encuentra reglamentado en ninguna resolución general específica, sino que se basa en las amplias facultades de fiscalización que la ley confiere a la entidad. La selección de los contribuyentes se enfoca en aquellos que muestran una facturación inferior al promedio de su rubro, considerando criterios como la facturación previa, la magnitud del negocio y la evolución de los precios en los últimos 12 meses.

La selección de los contribuyentes se enfoca en aquellos que muestran una facturación inferior al promedio de su rubro, considerando criterios como la facturación previa, la magnitud del negocio y la evolución de los precios en los últimos 12 meses.

Cabe destacar que quienes utilizan controladores fiscales de nueva tecnología están exentos de la obligación de reportar ventas diarias, ya que el reporte semanal que generan estos dispositivos cumple con los requisitos establecidos para el control.

¿Qué es el MEVEN y a quiénes aplica?

El MEVEN, o «Monitoreo Electrónico de Ventas», es un sistema de control virtual implementado por la AFIP para reemplazar el método denominado de punto fijo. Cabe destacar que no es una carga que aplica a todos los contribuyentes por igual sino que debe cumplirse siempre y cuando AFIP nomine, al mejor estilo Gran Hermano, y notifique sobre la obligación de informar las ventas diarias.

El «método punto fijo» es una práctica de control tradicional utilizada por la AFIP en la que un inspector verificaba de forma presencial todas las ventas realizadas en un comercio durante el horario de atención, estando físicamente al lado de la caja registradora. Este método buscaba asegurar que las ventas fueran registradas y declaradas correctamente, pero presentaba limitaciones en términos de alcance y efectividad, ya que dependía de la presencia física del inspector.

El sistema MEVEN se enfoca en la supervisión electrónica de las ventas de los contribuyentes que presenten una facturación menor al promedio de su sector. La AFIP selecciona a estos contribuyentes basándose en criterios objetivos como el promedio de facturación previa, la magnitud del contribuyente y la evolución de los precios en los últimos 12 meses.

El objetivo del MEVEN es incentivar a estos contribuyentes a mejorar su nivel de declaración frente al fisco y evitar fiscalizaciones presenciales y posibles sanciones. El MEVEN “permite relacionar la actividad que realizan los contribuyentes seleccionados y su comparación con otros operadores que tienen una mejor conducta fiscal”.

¿Cuál es el objetivo del MEVEN?

El Monitoreo Electrónico de Ventas (MEVEN) es un sistema de “control amigable” implementado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que busca fomentar la transparencia fiscal entre los contribuyentes. A través de este mecanismo, la AFIP «invita» a un grupo específico de contribuyentes, seleccionados en función de su actividad económica, envergadura o relevancia en el mercado, a declarar sus ventas diarias de manera electrónica.

El objetivo del MEVEN es supervisar en tiempo real la facturación de estos contribuyentes, promoviendo un mayor nivel de cumplimiento en la declaración de sus obligaciones fiscales.

El objetivo del MEVEN es supervisar en tiempo real la facturación de estos contribuyentes, promoviendo un mayor nivel de cumplimiento en la declaración de sus obligaciones fiscales. Esta iniciativa se diferencia de las medidas tradicionales de fiscalización al ofrecer un enfoque más proactivo y preventivo, buscando así minimizar la evasión y optimizar la recaudación tributaria sin recurrir a inspecciones presenciales inmediatas.

El fundamento de la AFIP para implementar el sistema de «Monitoreo Electrónico de Ventas» (MEVEN) es mejorar la precisión y transparencia en la declaración de las ventas y servicios de los contribuyentes, especialmente aquellos que presentan una facturación menor al promedio de su rubro. La AFIP utiliza este sistema para supervisar electrónicamente las actividades comerciales, evitando las prácticas anteriores de control presencial mediante el «método punto fijo», y buscando reducir la evasión fiscal.

¿Cuál es el marco legal del MEVEN?

La Ley de Procedimiento Tributario establece una metodología para determinar las ventas presuntas de un contribuyente cuando la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tiene razones para creer que las declaraciones no reflejan adecuadamente la realidad económica.

Según el artículo 18, inciso d), esta presunción se basa en promediar las ventas, servicios u otras operaciones en períodos específicos y utilizar ese promedio para estimar las operaciones del contribuyente para todo el mes o el ejercicio fiscal, teniendo en cuenta la estacionalidad de la actividad.

La diferencia entre las ventas presuntas y lo declarado por el contribuyente puede considerarse como ganancia neta para el impuesto a las ganancias o como ventas gravadas para el IVA.

Más allá de este encuadre general en la ley de procedimiento tributario, el MEVEN no se encuentra reglamentado en ninguna resolución general específica. Entendemos que las instrucciones y procedimientos específicos para su implementación se han desarrollado a través de resoluciones y disposiciones administrativas internas de la AFIP.

¿Cómo se presenta la información requerida en el MEVEN?

La información requerida por el MEVEN debe presentarse a través del servicio «Monitoreo Electrónico de Ventas» disponible en el sitio web de la AFIP. Para acceder a este servicio, el contribuyente debe ingresar con su clave fiscal en el portal de la AFIP (http://www.afip.gob.ar).

Una vez dentro del sistema, se debe seleccionar el Número de Operativo correspondiente y cargar las ventas o prestaciones de servicios diarias, según lo indicado en la notificación recibida por la AFIP.

Es importante remarcar que ante cualquier duda o consulta respecto a la presentación de la información, el contribuyente invitado a participar del MEVEN deberá comunicarse con el inspector y/o supervisor actuante a los correos electrónicos indicados en la comunicación enviada por AFIP.

¿Qué se debe informar en el MEVEN y cómo?

Los contribuyentes seleccionados para el MEVEN deben informar diariamente el monto total de sus ventas o prestaciones de servicios a través del portal web de la AFIP. Esta información debe incluir el importe bruto de las ventas, es decir, con el Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido. En caso de no haber ventas en un día específico, el contribuyente debe declarar un valor de $0.

La carga de estos datos debe realizarse dentro de las 48 horas siguientes a la fecha de facturación. Además, se permite modificar la información ingresada durante las 24 horas posteriores a la carga inicial. Si es necesario realizar correcciones después de ese plazo, el contribuyente debe comunicarse con los inspectores designados por la AFIP a través de los correos electrónicos proporcionados.

Este sistema está diseñado para garantizar que las declaraciones de ventas sean precisas y consistentes con la realidad económica del contribuyente, y en caso de detectarse inconsistencias, se puede proceder a una fiscalización presencial.

¿Quiénes están exceptuados y como deben informarlo a la AFIP?

Los contribuyentes que cuenten con equipamiento instalado conforme a lo dispuesto en la Resolución General N° 3561/13 de la AFIP, que establece el uso de «Controladores Fiscales de Nueva Tecnología», están exceptuados de la obligación de reportar diariamente las ventas en el sistema MEVEN. Estos contribuyentes, en cambio, deben cumplir con el reporte semanal de ventas en los términos del artículo 19 de dicha resolución.

Para informar a la AFIP sobre la existencia de este equipamiento y obtener la exención del envío diario de información, los contribuyentes deben comunicarlo a través de los canales dispuestos por la AFIP, como los correos electrónicos de contacto indicados en la notificación de fiscalización. Esto asegura que la AFIP tenga conocimiento del uso de los controladores fiscales y permita la aplicación de la excepción correspondiente, basada en el reporte semanal de ventas.

Conclusiones y propuesta de eliminación del MEVEN

El Monitoreo Electrónico de Ventas (MEVEN) ha cumplido una función importante en el control y fiscalización de las ventas de los contribuyentes, especialmente en aquellos casos en los que la facturación se consideraba menor al promedio de su sector. Sin embargo, con la creciente adopción y generalización de la facturación electrónica en Argentina, el MEVEN ha comenzado a perder relevancia y se ha convertido en un sistema que podría considerarse obsoleto en comparación con las nuevas herramientas digitales de monitoreo y control fiscal.

La facturación electrónica permite a la AFIP obtener en tiempo real la información detallada de las transacciones de los contribuyentes, proporcionando una visión completa y precisa de las ventas y prestaciones de servicios, lo que reduce la necesidad de controles adicionales como el MEVEN. Además, la implementación de este sistema puede representar una carga administrativa y operativa innecesaria para comercios, PyMEs y emprendedores, que ya deben cumplir con múltiples requisitos regulatorios y fiscales.

Con la creciente adopción y generalización de la facturación electrónica en Argentina, el MEVEN ha comenzado a perder relevancia y se ha convertido en un sistema que podría considerarse obsoleto en comparación con las nuevas herramientas digitales de monitoreo y control fiscal.

En el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23, que promueve la eliminación de regímenes y normativas que obstaculizan el comercio y la economía, se propone la eliminación del sistema MEVEN por las siguientes razones:

  1. Reducción de la Carga Administrativa: La eliminación del MEVEN reduciría significativamente la carga administrativa para los contribuyentes, permitiendo que comercios, PyMEs y emprendedores puedan enfocarse en el crecimiento de sus negocios en lugar de dedicar tiempo y recursos a la gestión de reportes diarios de ventas.
  2. Eficiencia en el Control Fiscal: La generalización de la facturación electrónica ya proporciona a la AFIP acceso directo y en tiempo real a la información de las ventas de los contribuyentes, haciendo innecesario el uso de métodos adicionales como el MEVEN para obtener datos que ya están disponibles.
  3. Simplificación del Marco Regulatorio: Eliminar el MEVEN estaría alineado con el espíritu del DNU 70/23, que busca simplificar el marco normativo y eliminar regulaciones redundantes que dificulten el desarrollo económico y la competitividad del sector comercial y empresarial.
  4. Ahorro de Recursos para la AFIP: La eliminación de este sistema permitiría que la AFIP optimice sus recursos, enfocando sus esfuerzos en tecnologías más avanzadas de análisis de datos y en la implementación de controles selectivos y específicos que se ajusten a las características de cada contribuyente.

En conclusión, en un entorno donde la digitalización y la facturación electrónica se han vuelto una práctica estándar, el MEVEN ha dejado de ser una herramienta esencial para la fiscalización. Su eliminación contribuiría a simplificar la carga operativa para los contribuyentes y a optimizar los esfuerzos de control de la AFIP, favoreciendo así un entorno más amigable para el comercio y la economía, en línea con los objetivos del DNU 70/23.

Fuente: blogdelcontador