La RG 10/2019 de la Comarb modificó el período desde el cual deben comenzar a utilizarse los coeficientes unificados para liquidar el impuesto sobre los Ingresos Brutos los contribuyentes que liquidan por Convenio Multilateral.
La RG 10/2019 de la Comarb modificó el período desde el cual deben comenzar a utilizarse los coeficientes unificados para liquidar el impuesto sobre los Ingresos Brutos los contribuyentes que liquidan por Convenio Multilateral.
La RN 37/2025 de ARBA redefine en profundidad los regímenes especiales de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicables a concesionarios, contratistas, proveedores del Estado y honorarios profesionales. El eje del cambio es la sustitución de la alícuota legal uniforme por una alícuota individual asignada mensualmente por ARBA, calculada según el perfil fiscal del contribuyente y consultable online.
Se establecen para el pago de los distintos tributos que percibe el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre ellos el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, las fechas de vencimiento correspondientes al Ejercicio Fiscal del año 2026.
En mi carácter de titular de la Dirección General de Análisis Fiscal de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) a fin de informarle que, en el marco de la promulgación expresa de la Ley 6.927, la que tramitó por el Expediente EX-2025-52788743-GCABA-DGCCN y fue publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires N° 7269 el 19/12/25, se advirtió la existencia de un error material en el Anexo I de dicha norma.