ARCA publicó la primera versión del manual para confeccionar y presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias de Personas Jurídicas (F. 713) mediante el nuevo servicio web, disponible desde el 19 de octubre de 2026.
El nuevo sistema incorpora una declaración jurada organizada en seis módulos, con campos que se adaptan a las características de cada contribuyente, controles de inconsistencias durante la carga y una reducción de la información que debe ingresarse manualmente.
¿Desde cuándo será obligatorio?
- Del 19/10/2026 al 28/02/2027: los contribuyentes podrán optar entre el aplicativo SIAp y el nuevo servicio web para ejercicios cerrados desde junio de 2026, inclusive.
- Desde el 01/03/2027: será obligatorio utilizar el servicio web para esos ejercicios.
- Declaraciones rectificativas: deberán presentarse por el mismo sistema utilizado para la declaración jurada original.
Entre las principales novedades se destacan la simplificación del balance fiscal, la incorporación de información precargada, la posibilidad de importar determinados datos y la carga inicial de quebrantos trasladables de ejercicios anteriores.
¿Qué mejoras incorpora el nuevo sistema?
- Menos datos para cargar: el balance fiscal se informa por totales de rubros, sin detallar cuentas bancarias ni bienes.
- Declaración personalizada: los módulos y campos se habilitan según las características del contribuyente informadas al inicio.
- Información precargada: recupera determinados datos registrados en ARCA y, progresivamente, información de declaraciones anteriores.
- Controles de inconsistencias: muestra advertencias durante la confección para facilitar su corrección.
- Importación de datos: permite incorporar determinados pagos a cuenta y retenciones mediante archivos CSV.
¿Cómo se utiliza?
La declaración se organiza en seis módulos: balance para fines fiscales, situaciones especiales, atribución del resultado contable, ajustes al resultado contable, determinación del impuesto y determinación del saldo.
El manual explica paso a paso la carga de información, el tratamiento de quebrantos, los ajustes impositivos, la incorporación de pagos a cuenta y la presentación final del formulario.
Un aspecto importante: en la primera declaración realizada mediante el servicio web deberán cargarse manualmente los quebrantos trasladables de ejercicios anteriores.
La base de todos los datos iniciales
Como primer paso, se deben completar/indicar/tildar los siguientes datos iniciales:
- Período fiscal, y si se trata de un ejercicio regular o irregular. En función de lo indicado, se mostrarán diferentes campos: algunos editables y otros con información que ARCA ya posee, por lo que no se pueden editar (como es el caso del mes de cierre de ejercicio que el contribuyente tiene registrado en el Registro Único Tributario).
- Si se trata de una empresa promovida
- Tildar las opciones que correspondan dentro de los siguientes rubros:
- Tipo de rentas obtenidas:
– Fuente argentina
– Fuente extranjera
– Si se percibieron ingresos por juegos de azar y apuestas - Situaciones especiales:
– Si se utilizan beneficios de amortización acelerada
– Si se posee resultado atribuible a los socios
– Si está encuadrado en una norma que admita quebrantos con tratamiento específico
– Si hay donaciones en el período - Regimenes de Promoción/Exenciones:
– Si se trata de una entidad exenta
– Si posee estabilidad fiscal
- Tipo de rentas obtenidas:
En base a la selección realizada, el servicio se adaptará al perfil del contribuyente, exhibiendo ciertos campos solo en caso de resultar aplicables a su situación.

El manual incluye capturas de pantalla y explicaciones de los seis módulos, desde los datos iniciales hasta la determinación del saldo y la presentación de la declaración jurada.
Fuente: contadoresenred
