Salud prórrogó hasta diciembre para manifestar la “Voluntad de Permanencia” en la obra social.
La Superintendencia de Servicios de Salud (SSS), mediante la resolución 1608/25, amplió hasta el 31 de diciembre de 2025 el plazo para que los trabajadores puedan expresar, a través del Trámite a Distancia (TAD), su decisión de permanecer en la obra social que actualmente recibe sus aportes y evitar así la derivación automática hacia la prepaga u otra entidad de salud contratada.
En enero de 2025, a través de la Resolución 1/2025 de la Unidad de Gabinete de Asesores del Ministerio de Salud, se implementó un nuevo mecanismo para la derivación automática de los aportes y contribuciones de salud.
Este cambio se dio en el marco de la integración de las prepagas al régimen de obras sociales dispuesto por el DNU 70/2023, y estableció que, cuando un trabajador contratara voluntariamente una empresa de medicina prepaga, sus aportes se transfirieran directamente a esa entidad, salvo que expresara lo contrario.
Para garantizar este derecho, se habilitó el Trámite a Distancia (TAD) “Voluntad de Permanencia en Obra Social”, mediante el cual el beneficiario podía manifestar su deseo de continuar afiliado a su obra social actual, evitando la derivación automática. La medida generó un intenso debate, ya que impacta directamente en la competencia entre obras sociales y prepagas, y en la libertad de elección del trabajador sobre el destino de sus aportes.
¿Qué cambió?
Con esta prórroga, los beneficiarios tendrán más tiempo para:
- Ingresar al TAD “Voluntad de Permanencia en Obra Social” con CUIL/CUIT y clave fiscal.
- Indicar si desean continuar en su obra social actual.
- Evitar que sus aportes y contribuciones sean derivados automáticamente a otra entidad.
Además, la resolución incorpora un punto clave: quienes sean derivados automáticamente no estarán obligados a cumplir el período mínimo de permanencia de 12 meses en la nueva obra social.
Por qué es importante
Los aportes y contribuciones destinados a salud son salario diferido del trabajador y, según la SSS, su destino debe responder a una finalidad prestacional concreta, vinculada al acceso real a servicios de salud, y no a decisiones administrativas que no aporten beneficios directos.
Instrucitivo paso a paso Voluntad de Permanencia en la Obra social
manual_tad_0225-VOLUNTAD-PERMENCIA-OBRA-SOCIALFuente: ignacioonline
