Si el contribuyente realiza una actividad inmobiliaria, financiera o de seguros se encuentra alcanzada por tope de activo para obtener el Certificado MIPyME y poder acceder a todos sus beneficios.
En estos casos se debe verificar que los activos relacionados con la actividad no superen los $2.462.000.000. Dicha verificación se realiza, para las personas físicas, a partir de la última DDJJ vencida del impuesto a los bienes personales.
SI SOS SUJETO DEL IMPUESTO A LOS BIENES PERSONALES
• Si realizaste la presentación de la DDJJ del impuesto con posterioridad a la presentación del F.1272, debés pedir la baja del registro MiPyME a fin de poder rectificar el formulario F.1272 y que la solicitud sea reprocesada.
• Si no efectuarse dicha presentación, tenés que regularizar la situación en AFIP y pedir la baja del registro MiPyME a fin de poder rectificar el formulario F.1272 y que la solicitud sea reprocesada.
SI NO SOS SUJETO DEL IMPUESTO A LOS BIENES PERSONALES O ADHERISTE AL REIBP
En caso de que no estés obligado a presentar la DDJJ del impuesto a los bienes personales, debés declarar el valor total de los activos afectados a la actividad al mes de diciembre del último año fiscal cerrado.
¿Cómo obtener el Certificado MiPyME si la actividad es inmobiliaria, financiera o de seguros si no presentas la DDJJ de Bs. Personales?
1. Ingresar en este link con CUIT y N° de Transacción.

El N° de Transacción surge del F. 1272 presentado en ARCA:

2. Ingresar el activo afectado a la actividad.
Se debe incorporar el monto del activo afectado a la actividad al cierre del último ejercicio comercial o año fiscal, incluyendo aquellos bienes que pudieran estar exentos del impuesto a los bienes personales.



4. Descargar el Certificado MIPYME del LUFE.
Fuente: contadoresenred
