Todo contribuyente que haya recibido en su DFE la “Comunicación” del pasado 26/03/2021 debe responder la misma mediante la presentación de la DDJJ del servicio web “Régimen IPF” previsto en el Art. 12 de la RG 4838, no siendo admisibles la presentación de multinotas de aclaración a través del Servicio “Presentaciones Digitales” o directamente en “Agencias”.
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